El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1º: Incorpórese al fondo solidario creado por la Ordenanza Nº 55/10 a las siguiente instituciones de Exaltación de la Cruz.
A) Pequeño Hogar Exaltación.
B) Emprendimiento Nosotros Panificados Artesanales.
Articulo 2º: Instrúyase al Departamento Ejecutivo a disponer la referida incorporación desde el momento en que se constituya el fondo mencionado en el artículo anterior.
Articulo 3º: De Forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Octubre de dos mil diez.
Adrián Daniel Sánchez Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el N° 062/2010.