El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar los ingresos percibidos en concepto de A.T.P (Aporte del Tesoro Provincial) por la suma de $ 500.000.-y A.T.N. (Aporte del Tesoro Nacional) por la suma de $ 300.000.- a las obras de infraestructura que a continuación se detallan:
Ampliación Centro Cívico
Reconstrucción de viviendas
Construcción Cordón cuneta
Ampliación red cloacal
Construcción de veredas
Reconstrucción Sociedad Cosmopolita
Obras Alumbrado Público
Reconstrucción Pileta Municipal
Articulo 2°: El Departamento Ejecutivo procederá a la Ampliación de las Partidas en el Calculo de Recursos que se detallan como Anexo 1 de la Presente Ordenanza.
Articulo 3°: El Departamento Ejecutivo procederá a la Ampliación de las Partidas del Presupuesto de Gastos que se detallan como Anexo 2 de la presente Ordenanza.
Artículo 4º: De forma
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Diciembre de dos mil Diez.
Adrián Daniel Sánchez Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
|
Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
|
Registrada Bajo el N° 090/2010.