El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Establézcase una zona de estacionamiento exclusivo para uso del Banco de la Ribera, durante el periodo de tiempo que comprende a las horas de atención al público, en diez (10) metros a cada lado del acceso principal de su sede, ubicada en la calle San Martín entre Moreno y Mitre de la localidad de Los Cardales y cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción II, Sección Rural, Parcela 122m.
Artículo 2º: Los gastos que demande la provisión, colocación y mantenimiento de la señalización visual, tanto en los dos (2) indicadores verticales como de la demarcación horizontal, quedarán a cargo del Banco de la Ribera.
Artículo 3º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Junio mil novecientos noventa.
Marciano Robles
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Juan Eduardo Lazzaro
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