BOLETIN
MUNICIPAL 
 DE EXALTACION DE LA CRUZ
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Capilla del Señor
       Primer Pueblo declarado de    Interés
       Histórico Nacional
 Autoridades:          
Intendente        Municipal:
                      Dr. Horacio A. Errazu
           Secretario        de Coordinación General:
                    Sr. Luis Mariano Martín
           Secretario        de Hacienda:
                               Cdor. Enrique Antonio Allegri
           Secretario        de Salud:
                    Dr. Héctor Nanni
           Presidente        de H.C.D.:
                    Sr. Adrian Sánchez
           Secretario        del H.C.D.:
                    Sr. Daniel Rubén Portillo
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
Artículo 1°: Ratificase  la Ordenanza Nº 041/09. Por 18  (dieciocho) meses, en la cual se  concede a favor de la Sra. GLORIA  ELISABET AZZALINI, D.N.I. Nº  17.428.892, el permiso precario de uso de  espacio público para la  explotación del puesto de flores que actualmente  funciona en las  adyacencias del Cementerio Municipal.
Artículo 2°: De Forma. 
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los once días del mes de Abril de dos mil once.
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 005/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en  uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
Articulo 1°: Declárese  de Interés Social la  escrituración del bien in-mueble designado  catastralmente como:  Circunscripción IV, Sección G, Quinta 19, Parcela  7, Partida  Inmobiliaria 25805, Matricula 8672, del Partido de  Exaltación de la  Cruz, Según Expte. 4036-25381/10, a nombre de Amelia  Sosa.
Articulo 2°:  Requiérase la intervención de la  Escribanía General de Gobierno de la  Provincia de Buenos Aires, a los  fines del otorgamiento de la Escritura  Traslativa de Dominio del  Inmueble a que se refiere él Artículo  anterior.
Articulo 3°: De forma.
Dado  en  la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación  de  la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil   once.           
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 006/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz,  en uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la  siguiente: 
ORDENANZA
Articulo 1°: Declárese  de Interés Social la  escrituración del 50% indiviso, del bien inmueble  designado  catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana  13, Parcela  11, Partida Inmobiliaria 23682, Matricula 7087, del  Partido de  Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-25017/10, a nombre  de María  Elena Ferreyra.
Articulo 2°: Requiérase la   intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de   Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de   Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.
Articulo 3°: De forma.
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once. 
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 007/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en  uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
 Artículo 1°: Declárese  de Interés Social la  escrituración del 50% indiviso, del bien inmueble  designado  catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Quinta  30, Parcela  13, UF: 01, según plano características PH 031-08-2009, del  Partido de  Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-25151/10, a nombre  de José Luis  Vignianigo y Tania Milena Pissani.
Artículo 2°: Requiérase   la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia  de  Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura  Traslativa  de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo  anterior.
Artículo 3°: Según  plano indicado en el Art. 1º  de la presente, no se comparten  superficies comunes cubiertas,  semicubiertas y/o descubiertas.
Artículo 4°: De forma.
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.  
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 008/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz,  en uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la  siguiente: 
ORDENANZA
Artículo 1°: Declárese  de Interés Social la  escrituración del bien in-mueble designado  catastralmente como:  Circunscripción IV, Sección H, Manzana 98, Parcela  4, Partida  Inmobiliaria 15905, del Partido de Exaltación de la Cruz,  Según Expte.  4036-17500/05, alcance 3/07, a nombre de Julio Antonio  Benitez.
Artículo 2°: Requiérase  la intervención de la  Escribanía General de Gobierno de la Provincia de  Buenos Aires, a los  fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa  de Dominio del  Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.
Artículo 3°: Derógase la Ordenanza 018/07.
Artículo 4°: De forma.
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil   once.      
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 009/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en  uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
 Artículo 1°: Adjudícase  a Jerónimo Jaime D.N.I. M  4.910.528 y a Nilda Inés Boca, D.N.I. F  6.408.283, el inmueble designado  catastralmente como: Circunscripción  IV, Sección F, Manzana 12, Parcela  16, Partida Inmobiliaria 10063,  Expediente Administrativo  4036-24087/10.
Artículo 2°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble mencionada en el Artículo 1º de la presente.
Artículo 3°:   Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la   Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura   Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo   anterior.
Artículo 4°: El Adjudicatario abonará  la suma  de pesos dieciséis mil ($ 16.000) en ciento sesenta cuotas de  pesos  cien (100) iguales, mensuales y consecutivas
Artículo 5º: De forma.
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil   once.        
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 010/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz,  en uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la  siguiente: 
ORDENANZA
 Artículo 1°:  Adjudícase a Mirian Cristina Graciano  D.N.I. 27.534.891, el inmueble  designado catastralmente como:  Circunscripción IV, Sección F, Manzana  12, Parcela 14, Partida  Inmobiliaria 10061, Expediente Administrativo  4036-24086/10.
Artículo 2°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble mencionada en el Artículo 1º de la presente.
Artículo 3°:   Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la   Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura   Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo   anterior.
Artículo 4°: El Adjudicatario abonará  la suma  de pesos dieciséis mil ($ 16.000) en ciento sesenta cuotas de  pesos  cien (100) iguales, mensuales y consecutivas
Artículo 5º: De forma.
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil   once.           
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 011/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en  uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
  Artículo 1°:  Declárese de Interés Social la  escrituración del bien in-mueble  designado catastralmente como:  Circunscripción I, Sección B, Manzana  18b, Parcela 16, Partida  Inmobiliaria 12299, Matricula 2490 (031), del  Partido de Exaltación de  la Cruz, Según Expte. 4036-25768/11, a nombre  de Marcela Viviana  González.
Artículo 2°: Requiérase la   intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de   Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de   Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.
Artículo 3°: De forma.
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil   once.        
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 012/11.
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz,  en uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la  siguiente: 
ORDENANZA
Artículo 1º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo a  establecer un plan de  refinanciación de deudas correspondientes a Planes  de Viviendas  ejecutados en el distrito.
Artículo 2º: La  refinanciación  dispuesta en el artículo anterior deberá respetar el  monto y número de  cuotas establecidas originalmente para cada plan. La  cantidad de  cuotas abonadas deberán ser restadas del total original, y  el saldo  resultante será la nueva cantidad de cuotas a abonar por el   beneficiario que se trate. En el caso de planes que no determinaban   cantidad de cuotas, el Departamento Ejecutivo podrá fijarlas en hasta   ciento ochenta (180), mensuales y consecutivas. 
Artículo 3º: El   Departamento Ejecutivo a efectos de garantizar la cobranza de las   deudas que se refinancien, podrá constituir hipotecas por el monto que   se determinen, a los cuales se les podrá adicionar un interés   compensatorio que no podrá exceder del cinco por ciento (5%) anual sobre   saldos.  También se podrán aplicar intereses punitorios, los cuales no   podrán superar la tasa activa que fije el Banco de la Provincia de   Buenos Aires para los períodos de que se trate.
Artículo 4º: El   Departamento Ejecutivo determinará la fecha a partir de la cual   comenzará a regir el presente plan de refinanciación de deudas.
Artículo 5º: Facúltase   al Departamento Ejecutivo a modificar la tasa de interés establecida  en  el artículo 3º de la presente Ordenanza, como asimismo a reglamentar   los aspectos no previstos en la misma.
Artículo 6º:   Declárase de Interés Social en los términos del art. 4º, inc. d, de la   Ley 10.830 la escrituración de los inmuebles comprendidos en los   Programa de Viviendas.  
Artículo 7º: Derógase la Ordenanza 8/2005.
Artículo 8º: De forma.
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil   once.            
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 013/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en  uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
 Artículo 1°:  Confórmese una comisión para evaluar las  medidas de reorganización de  tránsito, la cual incluirá a las  Organizaciones de Salud, Policía  comunal, Bomberos voluntarios, Defensa  Civil, Dirección Tránsito, y un  Concejal de cada bloque.
Artículo 2°: Dicha  comisión  evaluará todas las medidas relacionadas con las normas de  tránsito  (estacionamiento, circulación de calles, recorridos de  colectivos,  etc.) en cumplimiento de las  leyes nacionales y  provinciales.
Artículo 3°: De forma.
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil   once.            
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 014/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz,  en uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la  siguiente: 
ORDENANZA
 Artículo 1°: Declárese  de interés Histórico y Municipal  el Restaurante “Rancho Grande”,  ubicado en la localidad de Parada  Robles, sobre el Km 76 de la Ruta  Nacional N°8.
        
Artículo 2°: De forma.
Dado   en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil   once.      
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 015/11.
 
El  Honorable    Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en  uso de  las atribuciones que le son    propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
  Artículo 1º:  Otorgase Licencia al Sr. Intendente  Municipal, Dr. Horacio Alberto  Errazu, titular del Departamento  Ejecutivo de la Municipalidad de  Exaltación de la Cruz, por el término  de 15 días, contados a partir del  día 25 de Abril de 2011.
Articulo 2º: Póngase  en  Funciones al Sr. Concejal Etcheverry Jorge Alberto D.N.I.  Nº   17.539.448 a partir del día 26 de Abril de 2011, como Intendente   Interino, mientras dure la Licencia del Sr. Intendente Municipal Dr.   Horacio Alberto Errazu.
Artículo 3º: Habilitase  en  reemplazo del Concejal Jorge Alberto Etcheverry, titular de D.N.I. Nº   17.539.448 la incorporación en el cargo de Concejal del Honorable   Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, al Señor José Luís   Etcheverry, Titular de D.N.I. Nº 20.018.823
Artículo 4º: En   el supuesto caso que el Dr. Horacio A. Errazu, reasuma las funciones  de  Intendente Municipal de Exaltación de la Cruz, antes del plazo   establecido, en el Articulo primero, deberá comunicar oficialmente a   este Cuerpo tal circunstancia.
Artículo 5º: Notifíquese a los Organismos Provinciales y Municipales competentes de la presente Ordenanza.
Artículo 6º: De forma.
Dado   en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación   de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil once.
Adrián Daniel Sánchez  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el    N° 016/11.