El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
 Artículo 1º: Derógase  el artículo 2º de la Ordenanza Tarifaria correspondiente al ejercicio  fiscal 1987, vigente al día de la fecha, que faculta al D.E. a  incrementar bimestralmente los valores según los índices de aumento del  costo de vida (nivel general), publicados por el Instituto Nacional de  Estadísticas y Censos, hasta tanto se sanciones el presupuesto General  de Gastos y Cálculos de Recursos y sus respectivas Ordenanzas  Impositivas para el Ejercicio Fiscal 1989.
 
Artículo 2º: De forma.-    
Dado  en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación  de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Enero mil novecientos  ochenta y nueve. 
Marciano Robles  Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la         Cruz
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Juan Eduardo Lazzaro Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el Nº  001/89