El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Créase para el Partido de Exaltación de la Cruz, la “Comisión Vial Municipal”.-
Artículo 2º: La misma tendrá por objeto asistir y colaborar con el D.E. a fin de mejorar en lo posible la extensa red vial del Partido.
Artículo 3º: La Comisión Vial se integrará con un representante del D.E. quien presidirá la misma, y un vecino representante de cada cuartel de Exaltación de la Cruz.
Artículo 4º: Se invitará a integrar esta Comisión un representante de la Sociedad Rural local.
Artículo 5º: Luego de su integración la propia comisión fijará sus pautas y reglamentos de funcionamiento.
Artículo 6º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y siete.
Miguel Angel Jossef
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Oscar Alberto Ponti
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