El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a gestionar ante los estamentos pertinentes de la Pcia. de Buenos Aires la creación y construcción de una nueva Escuela en la Ciudad de Capilla del Señor, en el terreno cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I, Sección B, Manzana 3u, Parcela 11ª con una superficie de 1.327,36 m2. Donados para tal fin.
Artículo 2º: En esa Escuela se impartirá la enseñanza primaria básicamente, sin perjuicio de la factibilidad de atender disciplinas fuera de los turnos de escolaridad que reglamente la Dirección de Escuelas de la Pcia. de Buenos Aires.
Artículo 3º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y siete.
Miguel Angel Jossef
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Oscar Alberto Ponti
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