El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Desaféctase del destino “Reserva Fiscal” a la fracción de terreno ubicada en Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción IV, Sección A, Manzana 14, Parcela 1.-
Artículo 2º: Destínase la parcela mencionada en el Artículo anterior a la construcción de viviendas Municipales.-
Artículo 3º: Dónase a la Provincia de Buenos Aires la fracción de terreno mencionada en el Artículo 1º.-
Artículo 4º: La escritura traslativa de dominio será efectuada por notario designado al efecto.-
Artículo 5º: Exímase a las parcelas donadas de la restricción de retiro de 3,15m de los ejes medianeros y de 6m de la línea Municipal conservando los indicadores F.O.S. y F.O.T. indicados en la Ordenanza Nº 4/79.-
Artículo 6º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Agosto de mil novecientos ochenta y seis.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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