Ordenanza Nº 042/86 – AgroService Autorizacion Radicacion

Ordenanza Nº 042/86 – AgroService Autorizacion Radicacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase a la radicación del Agro – Service de la Empresa Esso S.A.P.A. a operar por la firma Dopazzo Hnos. en Capilla del Señor, en el predio cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I, Sección E, Manzana 1, Parcela 7ª.-
 
Artículo 2º:
La autorización mencionada en el artículo 1º, se otorga por cinco (5) años contados a partir de la fecha de habilitación y solamente podrá ser prorrogada por el Honorable Concejo Deliberante.-

Artículo 3º: La habilitación respectiva será otorgada de acuerdo a las Ordenanzas en vigencia y al siguiente detalle:

a) Aprobación del plano de obra civil en superficie y ubicación definida en el plano de fs. 17 del Expediente 4036-3401/85. El D.E. autorizará otras construcciones que las proyectadas originalmente.-
b) Aprobación de planos electromecánicas
c) Aprobación de los organismos Nacionales, Provinciales y Municipales sobre seguridad e higiene.-

Artículo 4º: Notifíquese en forma fehaciente a la Empresa Dopazzo hnos. sobre las dis-posiciones emergentes de la presente Ordenanza.-

Artículo 5º: Comuníquese al D.E.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y seis.


Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  042/86

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