El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Facúltase al D.E. a incorporar en el presupuesto de Gastos de 1987, el costo para la construcción de veredas en el Barrio “La Boca” y aledaños.-
Artículo 2º: Las veredas a construir serán de material flexible como el usado para el me-joramiento de las calles de este pueblo, realizadas con el sistema tratamiento doble o triple.-
Artículo 3º: La nivelación y preparación de esta obra será efectuadó por personal Muni-cipal para que el costo se vea así reducido.-
Artículo 4º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y seis.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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