El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Desígnase con el nombre de “Arturo Mateo” el barrio ubicado en Parda Robles, sobre la Ruta Provincial 192, en el fraccionamiento conformado en el plano 31-30-62 agregado a la presente.-
Artículo 2º: Impóngase a las calles del mismo los nombres siguientes:
Calle Nº 1 (Buenos Aires) a la paralela sobre Ruta 192.-
Calle Nº 3 (Entre Ríos) la que corre en sentido sur a norte.-
Calle Nº 5 (Corrientes) la que corre en sentido Sud – Oeste a Nord – Este.-
Calle Nº 7 (Santa Fe) en igual sentido a la anterior, final del barrio que desemboca en Ruta 192.-
Calle Nº 2 (Formosa) entre Calle Nº 1 y Nº 7.-
Calle Nº 4 (Chaco) corre igual a la anterior
Calle Nº 6 (Santiago del Estero) corre igual a la anterior.-
Calle Nº 8 (Córdoba) corre igual a la anterior.-
Artículo 3º: En el lote correspondiente a la Reserva Fiscal, Nº 1 de la manzana 119, se construirá una plaza para uso de los vecinos, en la que se instalarán juegos para los niños.-
Artículo 4º: En el predio mencionado en el Art. Anterior se colocará una placa de homenaje a la memoria de Arturo Mateo, construyéndose una pequeña pirámide para tal fin.-
Artículo 5º: Se colocarán letreros que indiquen los nombres asignados a cada una de las calles.-
Artículo 6º: El gasto que demande el cumplimiento de esta Ordenanza se afectará a la partida pertinente.-
Artículo 7º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y seis.
Marciano Robles
|
Oscar Alberto Ponti
|