El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Facúltase al D.E. a gestionar ante las autoridades de DEBA:
a) Lograr una atención de guardia permanente a efectos de solucionar cualquier emergencia en horas que actualmente no cuentan con ese elemental servicio.-
b) Procurar una mayor consideración al efectivo suministro de energía en días tormentosos y de lluvias que terminen con los continuos cortes.-
c) Cualquier otra iniciativa que el D.E. considere conveniente a efectos de mejorar, si cabe, el suministro energético a prestar por DEBA.
Artículo 2º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y seis.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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