El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 072/09 quedando redactado de la siguiente manera: Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, designados catastralmente como: Circunscripción I – Sección C – Chacra 6 – Fracción I – Parcelas 9 y 29, según plano agregado al folio 7236/66 del protocolo de planos, inscripción 72/18, a nombre de Felicia Descousis de Boineau, Edmundo Honorio, Miguel Honorio, María Lydia, María Noelí, Rodolfo Esteban y Néstor Felix Boineau, con una superficie de 6.286 mts2. y 7.263 mts2.- y la Parcela 20 de la Circunscripción I – Sección C – Chacra 6 – Fracción I con una superficie de 38.949,41 mts2 a nombre de Ferrocarriles Argentinos.
Artículo 2º: De Forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un día del mes de Agosto de dos mil once.
Adrián Daniel Sánchez Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el N° 062/2011.