El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Facúltase al D.E. a prorrogar hasta el 28 de febrero de 1985, el vencimiento del anticipo de la Tasa por Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.-
Artículo 2º: En caso de estar sancionado el Presupuesto Anual de 1985, a esa fecha, se faculta al D.E. a prorrogar la percepción de dicho anticipo hasta el 15 de febrero de 1985.-
Artículo 3º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Enero de mil novecientos ochenta y cinco.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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