El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA
 Artículo 1º: Autorízase  al D.E. a contratar la recolección de residuos en Capilla del Se-ñor,  Los Cardales, Parque Exaltación, Parque la Verdad, Parque Jularó, Parque  Sakura y Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz, de acuerdo a  las cláusulas generales y particulares anexas a la presente Ordenanza y  que forman parte de la misma como Anexos I y II respectivamente.-
 
Artículo 2º: Comuníquese al D.E.
 
Dado  en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación  de la Cruz, a los once  días del mes de Febrero de mil novecientos  ochenta y cinco. 
            
| Marciano RoblesPresidente
 Honorable Concejo Deliberante
 Exaltación de la         Cruz
 | Oscar Alberto PontiSecretario
 Honorable Concejo Deliberante
 Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el Nº  002/85