El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al D.E. a contratar la recolección de residuos en Capilla del Se-ñor, Los Cardales, Parque Exaltación, Parque la Verdad, Parque Jularó, Parque Sakura y Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz, de acuerdo a las cláusulas generales y particulares anexas a la presente Ordenanza y que forman parte de la misma como Anexos I y II respectivamente.-
Artículo 2º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Febrero de mil novecientos ochenta y cinco.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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