El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Para todos sus efectos se prorroga el vencimiento del anticipo de las Tasas por Alumbrado, Barrido y Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal hasta el 30 de Abril de 1985. Vencido ese plazo se aplicarán para su cobro todas las actualizaciones, recargos e intereses a partir del vencimiento original.
Artículo 2º: Autorizase al D.E. a declarar cancelada la primer cuota correspondiente a las Tasas por Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Conservación y Reparación de la Red Vial Municipal, cuyo vencimiento debió operar el 8 de marzo de 1985 y el 8 de febrero de 1985 respectivamente con el pago del anticipo del año 1985.
Artículo 3º: Se autoriza al D.E. a modificar el calendario fiscal de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal para la 2º cuota del 12/4/85 al 6/5/85.
Artículo 4º: Se autoriza al D.E. a modificar el calendario fiscal de la Tasa por Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública para la 2º cuota del 10/5/85 al 6/5/85.
Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciseís días del mes de Abril de mil novecientos ochenta y cinco.
Marciano Robles
|
Oscar Alberto Ponti
|