El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Acéptase la propuesta de CEPRAL para la donación y construcción de un monumento conmemorativo a los 250º años de Exaltación de la Cruz.
Artículo 2º: El mismo será emplazado en el lado Este de la Plaza San Martín (intersección de las calles Mitre y Rivadavia).
Artículo 3º: Los gastos que demande la ejecución de la obra mencionada en el Artículo 1º, serán solventados en su totalidad por la Cooperativa CEPRAL.
Artículo 4º: Autorízase a la Cooperativa donante a proceder a la colocación de la siguien-te leyenda “CEPRAL en homenaje al pueblo de Exaltación de la Cruz, en su 250º aniversario.1735- 14 de Septiembre- 1985.-
Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiocho días del mes de Agosto de mil novecientos ochenta y cinco.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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