El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en la Localidad de Pavón, Partido de Exaltación de la Cruz, designados catastralmente como: Circunscripción III, Sección P, Manzana 15, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15 y 16, Partidas Inmobiliarias 894, 17579, 17575, 17576, 17577, 17580, 17581, 17583, 17584, 17585, 17586, 17587 y 17588, Matrículas 5138, 5139, 5140, 5141, 5142, 5145, 5146, 5148, 5149, 5150, 5151, 5152 y 5153; Manzana 16, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15 y 16, Partidas Inmobiliarias 17589, 17590, 17591, 17592, 17593, 17594, 17595, 17596, 17597, 17598, 17599, 17600, 17602, 17603 y 17604, Matrículas 5154, 5155, 5156, 5157, 5158, 5159, 5160, 5161, 5162, 5163, 5164, 5165, 5167, 5168 y 5169; Manzana 17, Parcelas 1, 2, 3, 12, 13, 14, 15 y 16, Partidas Inmobiliarias 17605, 17606, 17607, 17608, 17609, 17610, 17611 y 17612, Matrículas 5170, 5171, 5172, 5173, 5174, 5175, 5176 y 5177, a nombre de Taller Vértigo S.R.L. y/o quienes resulten ser los legítimos propietarios.
Artículo 2º: Los inmuebles descriptos en el artículo 1º de la presente, serán destinados a cubrir necesidad de carácter social.
Artículo 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar, todas las tramitaciones que resulten necesarias a fin de cumplimentar la presente.
Artículo 5º: De Forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Mayo de dos mil trece.
Mario Alfredo Croce Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el N° 009/13.