El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA PREPARATORIA
Artículo 1º: Modificase el Artículo 234º de la Ordenanza Nº 123/12, el que quedará redactado de la siguiente forma:
CAPITULO XXVII
TASA ESPECIAL PARA ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO PARA CONTENCIÓN DE MENORES Y JÓVENES
Hecho imponible
Articulo 234º: Esta Tasa se aplicará, para ayudar a atender las necesidades de las entidades sin fines de lucro y al área de género, familia y tercera edad dependiente de la Municipalidad de Exaltación de La Cruz que se dedican a la atención de menores y jóvenes en riesgo.
Articulo 2º: Facultase al Departamento Ejecutivo a ordenar el texto de la Ordenanza Nº 123/12 de acuerdo con las modificaciones establecidas por la presente.
Articulo 3º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Noviembre de dos mil trece.
Mario Alfredo Croce Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el N° 067/13.