Corresponde Expediente Nº 4036-567/18-HCD
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Otorgase, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al código de Zonificación por el termino de 1 año renovable anualmente por un periodo máximo de 4 años, para la instalación de: 3 paneles sectoriales, 1 antena Omnidireccional (Backup), 1 router exterior (o interior dentro de la caja estanco), 1 caja gabinete estanco (medidas aproximadas 45×45), 1 panel direccional para el punto a punto, 1 UPS (dentro de la caja estanco); a quien resulte titular del inmueble identificado catastralmente con la siguiente nomenclatura: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 113, Parcela 9, partida 15449 de la localidad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil dieciocho.-
Registrado bajo el Nº 2523/18.-