El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTICULO 1° El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz expresa su beneplácito y solicita al Congreso de la Nación Argentina el tratamiento y aprobación del siguiente proyecto de ley:
• EXPEDIENTE N° 4986-D-2020 INICIADO EN CAMARA DE DIPUTADOS – HOMICIDIO VEHICULAR Y LESIONES. MODIFICACION DE LOS ARTÍCULOS 84 BIS Y 94 BIS DEL CODIGO PENAL.-
ARTÍCULO 2° COMUNÍQUESE al Congreso de la Nación, a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, al Observatorio de Víctimas de Delitos, y a las Comisiones de LEGISLACION PENAL, de TRANSPORTE, la adhesión de éste cuerpo al proyecto de Ley citado en el artículo precedente.-
ARTÍCULO 3° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los quince día del mes de junio de dos mil veintiuno.-
Registrado como Resolución N° 02/21.-