Ordenanza N° 2787-21 – Excepción a la Ordenanza N° 2659-20 a favor de Serafini y otros

Ordenanza N° 2787-21 – Excepción a la Ordenanza N° 2659-20 a favor de Serafini y otros

Corresponde Expediente Nº 4036-1003/2021-HCD

    
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción a la Ordenanza N° 2659/20 a los y las Srs. SERAFINI, Malena titular del D.N.I N° 33.283.438; VIRGILIO, Ernesto titular del D.N.I N° 34.252.115; PILMAYQUEN, Rosario titular del D.N.I N° 31.639.428; y, GARAFFA, Sergio titular del D.N.I N° 33.995.639, quienes realizarán la subdivisión de Propiedad Horizontal del inmueble sito en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción III, Sección M, Quinta 5; Parcela 5b, Partida Inmobiliaria N° 33320, de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diez días del mes de agosto de dos mil veintiuno.-

Registrado como Ordenanza N° 2787/21.-

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