El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Se reconozca como persona destacada a la vecina Celia Ramona “Pocha” Pereyra pionera del labor comunitario en Puente Fierro.-
ARTÍCULO 2° Colocándose una placa en su casa, con la siguiente leyenda: “Celia Ramona Pocha Pereyra, por todo su labor comunitario, con amor y compromiso”.-
ARTICULO 3° DE FORMA.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los nueve días del mes de agosto de dos mil veintidós.-