El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmentecomo: Circunscripción I, Sección B, Mza. 3h, Parc. 01, Casa Nº 7, el cual pertenece a la Sra. Correa Alicia (discapacitada).-
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Junio de dos mil seis.-
Registrada Bajo el N° 040/2006.