Ordenanza N°2994-23 Permuta lotes Restivo

Ordenanza N°2994-23 Permuta lotes Restivo

Correspondiente Expediente N°4036-1336/2023-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO Nº 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a permutar la reserva fiscal del Municipio ubicado en el Cuartel III, catastrado como Circunscripción III, Sección E, Quinta 15, Parcela 1, Partida para el Impuesto Inmobiliario (031) 21375, con una superficie de cuatro mil cuatrocientos ochentas y ocho metros cuadrados (4.488m2), por dos (2) parcelas, una ubicada en la localidad de Pavón con frente a la Ruta Provincial Nº39, Nomenclatura Catastral: Circunscripción III, Sección P, Manzana 13, Parcela 19, Partida para el Impuesto Inmobiliario (031) 4247, con una superficie de trescientos cuarenta y dos metros cuadrados (342m2) y otra ubicada en la localidad de Los Cardales con frente a la Ruta Provincial Nº 6, Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección R, Parcela 1830, Partida para el Impuesto Inmobiliario (031) 1015, con una superficie de doce mil trescientos noventa y un metros cuadrados (12.391m2).-

ARTÍCULO Nº 2: Las parcelas a permutar mencionada en el articulo 1º de la presente serán destinadas: la ubicada en la localidad de Pavón, al mantenimiento del pozo y tanque aéreo de agua corriente que abastece esa localidad; la ubicada en la localidad de Los Cardales a la instalación del Corralón Municipal de esa localidad. –

ARTÍCULO Nº 3: El Departamento Ejecutivo queda autorizado a suscribir toda la documentación inherente a la incorporación de los inmuebles al patrimonio Municipal, solicítese a tal efecto la intervención de la Escribanía General de la Provincia de Buenos Aires. –

ARTÍCULO Nº4: La presente Ordenanza autoriza, la permuta del Articulo 1º, por el plazo de 6 (seis) meses; transcurrido ese termino sin que el Señor Restivo perfeccione la permuta, la presente norma quedara sin efecto. –

ARTÍCULO Nº 5: DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de septiembre 2023.-


Registrada como Ordenanza Nº 2994/23.-


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