Correspondiente Expediente N°4036-136723-HCD
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° OTÓRGUESE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación, en los términos de la Ordenanza 3000/23, exclusivamente para el uso, por el término de un año (1 año) a favor del Señor BURGOS JOSE LUIS; titular del D.N.I. N°17.783.925, para la instalación de un comercio, rubro “Gimnasio y Academia de Artes Marciales”, sito en la calle Mitre Nº285, frente a Colectora Ruta, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 50, Parcela 22, Partida Inmobiliaria 031-23995 del Barro Parque Sakura, Partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de octubre de 2023.-
Registrada como Ordenanza Nº3008/23.-