El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción II, Sección L, Manz. 46, Parcela 28, Partida Inmobiliaria 12683, Matricula 8769, del partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-14312/02.
Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.
Articulo 3° De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Septiembre de dos mil dos.