Corresponde Expediente Administrativo 4036-1346/23-HCD
VISTO:
El inminente peligro que subsiste al ingreso y egreso para toda la comunidad educativa de los establecimientos educativos JIRIMM Nº2, EP Nº15, ESS Nº7 ubicados en la Ruta Nacional Nº193 Km.28,50 (Chenaut) de Exaltación de la Cruz, y
CONSIDERANDO:
Que, ese tramo no cuenta con señalizaciones o demarcaciones viales necesarias, como señales de tránsito que alerten a los conductores sobre la presencia de establecimientos educativos. –
Que, apremia brindar seguridad a los niños, niñas, adolescentes, padres, familiares y personal docente y no docente que concurre a los establecimientos educativos. –
Que, la gran circulación de vehículos a alta velocidad que transita continuamente por la mencionada ruta, situación que se agravada por la presencia de camiones y maquinas agropecuarias de gran porte que circulan por el lugar. –
Que, es de suma importancia tomar medidas de seguridad vial a la brevedad para evitar siniestros. –
Que, en materia de seguridad vial son de máxima eficacia los semáforos, rotondas, reductores de velocidad, dársenas asfaltadas para descenso de la ruta e ingreso a las calles laterales y/o carteles que indican la velocidad. –
Que, es importante velar por la seguridad y prevención de accidentes. –
Que, según Ley Nacional 24449, Ley de Tránsito en su Artículo Nº1 ordena se reglamente el uso de la vía pública. –
Que, en la mencionada Ley Articulo Nº51 sobre velocidad máxima, la velocidad precautoria será de 20km/hora en calles cercanas a establecimientos escolares. –
Que, corresponde al Concejo Deliberante legislar en materia de seguridad y control vial de transito en el Partido de Exaltación de la Cruz. –
Por lo expuesto, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
RESOLUCION
ARTICULO Nº1: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, arbitre los medios necesarios a fin de colocar en la ruta Nacional Nº193, Km 28,50, las señalizaciones y demarcaciones que consideren para cumplir con las leyes y normativa vigentes. –
ARTICULO Nº2: INSTESE al Departamento Ejecutivo Municipal, y a través del mismo al área correspondiente, a los efectos se implemente la colocación de sistema de foto multas. –
ARTICULO Nº3: El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputara a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2024.-
ARTICULO Nº4: Los vistos y considerandos forman parte de la presente Resolución. –
ARTICULO Nº5: Remítase copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar. –
ARTICULO Nº6: DE FORMA. –
DADA en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de octubre del 2023.-
Registrada como RESOLUCION Nº11/23.-