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Ordenanza Nº 3048-24 – Beneficios en las boletas de las tasas

Corresponde Expediente Nº 4036-1420/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Deberá incluirse en el cuerpo de cada boleta o documento emitido por el Municipio tendiente a obtener el pago de una tasa o tributo, de forma destacada del resto del instrumento, un texto que explique lo diferentes descuentos y beneficios a los que pueden aplicar los contribuyentes en el pago de las mismas.-

ARTÍCULO 2° El incumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente importara la nulidad de la boleta como instrumento de constitución en mora al contribuyente e impedirá que se le aplique cualquier tipo de recargo o interés por la falta de pago en término hasta tanto se subsane la correcta comunicación del monto de la tasa y sus beneficios y descuentos. –

ARTÍCULO 3° En las dependencias municipales destinadas al cobro de tasa u otros tributos municipales, asi como en AREX deberá colocarse cartelería que informe cada uno de los beneficios y descuentos vigentes. –

ARTICULO 4º El funcionario, responsable de un área o dependencia, que incumpla con lo dispuesto en la presente incurrirá en falta grave en el desempeño de su función y será pasible de sanción, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrirá por el cobro en exceso que realice el Municipio.-

ARTICULO 5º  DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los días del mes de Mayo de 2024.-

Registrado como Ordenanza N° 3048/24.-

Ordenanza Nº 3048-24 – Beneficios en las boletas de las tasas

Corresponde Expediente Nº 4036-1420/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Deberá incluirse en el cuerpo de cada boleta o documento emitido por el Municipio tendiente a obtener el pago de una tasa o tributo, de forma destacada del resto del instrumento, un texto que explique lo diferentes descuentos y beneficios a los que pueden aplicar los contribuyentes en el pago de las mismas.-

ARTÍCULO 2° El incumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente importara la nulidad de la boleta como instrumento de constitución en mora al contribuyente e impedirá que se le aplique cualquier tipo de recargo o interés por la falta de pago en término hasta tanto se subsane la correcta comunicación del monto de la tasa y sus beneficios y descuentos. –

ARTÍCULO 3° En las dependencias municipales destinadas al cobro de tasa u otros tributos municipales, asi como en AREX deberá colocarse cartelería que informe cada uno de los beneficios y descuentos vigentes. –

ARTICULO 4º El funcionario, responsable de un área o dependencia, que incumpla con lo dispuesto en la presente incurrirá en falta grave en el desempeño de su función y será pasible de sanción, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrirá por el cobro en exceso que realice el Municipio.-

ARTICULO 5º DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los días del mes de Mayo de 2024.-

Registrado como Ordenanza N° 3048/24.-

Ordenanza N° 3047-24 . Autorizacion Uso Espacio Publico.- Predio Carlos Lemme.

Corresponde Expediente Nº 4036-1421/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° AUTORICESE a las vecinas Nelly Gareca, Nelida Avejera, Karina Monzon y Karina Benitez al uso del predio ubicado en la intersección de las calles Jose Petrella y Eduardo Torney de Carlos Lemme para todo tipo de actividades deportivas, culturales, recreativas y de interés general para el barrio.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los Veintiún días del mes de Mayo de 2024.-

Registrado como Ordenanza N° 3047/24.-

Ordenanza Nº 3046-24 -CAMPAÑA PREVENTIVA JUEGOS APUESTA.- Joan Agustin Rivero

Corresponde a Expediente Administrativo Nº 4036-1428/24 – HCD.-

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA
“JOAN AGUSTIN RIVERO”

ARTICULO Nº 1: Impleméntese en el Partido de Exaltación de la Cruz una campaña preventiva, dirigida a las y los adolescentes sobre los riesgos del juego con apuestas online.

ARTICULO Nº 2: La campaña deberá incluir, entre otros elementos:
a) La difusión de la información dirigida a los adolescentes y a las familias sobre los riesgos y las consecuencias negativas del juego con apuestas on line, así como los signos de alarma que puedan estar derivando en un consumo problemático.
b) La coordinación con Jefatura Distrital para la posibilidad de realizar charlas y difundir material informativo en las escuelas secundarias del municipio, con la participación tanto de profesionales como expertos en consumos problemáticos y salud mental.
c) La articulación de acciones entre las áreas municipales y los clubes en la difusión de los riesgos de las apuestas deportivas en particular, y con otras asociaciones civiles y organizaciones sociales como agentes multiplicadores de información preventiva.
d) La promoción del juego responsable y de actividades alternativas saludables y recreativas para los adolescentes, fomentando el desarrollo de habilidades además de la participación en actividades sociales y deportivas.

ARTICULO Nº 3: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá coordinar la implementación y difusión de la campaña, en colaboración con las áreas competentes.

ARTICULO Nº 4: Dispóngase como autoridad de aplicación de la presente a la Secretaria de Salud y Calidad de Vida, a la coordinación de políticas de Salud y a la coordinación de Salud Mental del Municipio de Exaltación de la Cruz y demás áreas que el DEM designe.

ARTICULO Nº 5: DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los Veintiún días del mes de Mayo de 2024.-

Registrada como Ordenanza Nº 3046/24

 

Ordenanza N° 3044-24 Declarar de Interés Municipal la Semana de la Sensibilidad Central

Corresponde Expediente Nº4036-1426/24-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Declarase de Interés Municipal la Semana de la Sensibilidad Central (Fibromialgia, Síndrome de Fatiga Crónica y Síndrome Químico Múl-tiple) a realizarse del lunes 6 de mayo al 12 de mayo de 2024 en el Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 2° De forma.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.-

Registrado como Ordenanza Nº 3044/24.-

 

Ordenanza N° 3045-24 – Ratificar convenio de cesion de uso. Desagues cloacales.Cardales

Corresponde Expediente Nº4036-1418/24-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° RATIFICAR el convenio de Cesión de Uso suscripto entre la Subsecretaria de Recursos Hídricos del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, representado por su titular Néstor Fabian ALVAREZ y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por su Intendente Municipal Lic. Diego Eduardo NANNI, en el marco de la ejecución de la obra “Ampliación de la planta de tratamientos y sistemas de Desagües Cloacales” en la Localidad de Los Cardales a ejecutarse con financiamiento de la Pcia. de Buenos Aires .-

ARTÍCULO 2° De forma.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los Veintiun días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.-

Registrado como Ordenanza Nº 3045/24.-

Resolucion Nº 01-24- Documentación repaldatoria BB_ Las Marias.-

Expediente Administrativo N°4036-1407/24-HCD

VISTO:
Las facultades conferidas a los Concejales y al Concejo por el Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento Interno.

CONSIDERANDO:
Que en fecha 09 de febrero de 2024, la Ingeniera Marisa Boujon dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, contesta el requerimiento de este cuerpo respecto al anegamiento por las lluvias del 17 de agosto de agosto de 2023, de Barrio La Boca, en la cual amen de sus dichos no presenta documentación respaldatoria. –
Por otro lado nombra como segundo ítem las características del emprendimiento inmobiliario Las María y manifiesta “que el agua no queda retenida” , a su vez según el criterio de la Ingeniera no es un humedal y por ultimo describe que “ dicho barrio cuenta con Estudio de Impacto Ambiental con evaluación favorable emitida por el área municipal correspondiente” .- De todo lo expuesto por la profesional nada fue respaldado por documentación ni siquiera las que supuestamente se encuentran en la municipalidad.-
Ahora bien, es de público conocimiento que los días miércoles 13 y jueves 14 a la madrugada del corriente mes y año cayo una gran cantidad de agua y de aproximadamente 10 cuadras que corresponde al Barrio Las Marías 6 de ellas fueron inundadas con hasta un metro y media de agua y donde se vieron afectados una gran cantidad de terrenos. – A su vez tardo el agua en escurrir alrededor de 35 hs, por lo que en los hechos dista demasiado con lo informado por la Ingeniera Boujon. –

Por lo expuesto, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCION

ARTICULO Nº1: REQUIERASE al Departamento Ejecutivo que , dentro de los próximos 5 días hábiles a) Remita documentación que respalde los dichos de la funcionaria en el informe de fecha 09 de febrero de 2024; b) Remita informe con documentación respaldatoria respecto del anegamiento producido por las lluvias de fecha 13 y 14 de marzo de 2024, c) Se informe respecto de la aptitud hidráulica de las 3 fracciones de loteo , así mismo la documentación de la declaración de impacto ambiental de las mismas, d) consecuencias que pueda sufrir los barrios Laucirica y La Boca en futuras y mayor precipitaciones.-

ARTICULO N.º 2: Los Vistos y Considerando forman parte integrante de la presente Resolución. –

ARTICULO Nº3: DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del pueblo de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil veinticuatro. –

Registrada como Resolución Nº 01/24.-

Ordenanza Nº 3043-24 – Excepción código zonificación a favor de VITALE FRANCO NEHUEL

Correspondiente Expediente N°4036-1416/24-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA

ARTÍCULO 1° OTORGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza la excepción al Código de Zonificación, exclusivamente por el uso, por el término de un (1) año a favor del Señor FRANCO NEHUEN VITALE, titular del D.N.I. N° 40.129.296 para la instalación de un comercio rubro “gimnasio”, sito en la intersección de las calles Rivadavia y 9 de Julio, de la localidad de Los Cardales, cuya denominación catastral es: Circunscripción II, Sección L, Manzana 176, Parcela 12, Partida Inmobiliaria Nº 031-003920-9, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTICULO 2° DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de Abril de 2024.-

Registrado como Ordenanza N° 3043/24.-

Ordenanza Nº 3042-24 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Xue Brandon

Corresponde Expediente Nº 4036-1415/24-HCD

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO N° 1: OTORGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza la excepción al Código de Zonificación, exclusivamente por el uso, por el término de DOS AÑOS a favor de XUE BRANDON, titular del D.N.I. N° 41.352.487 para la instalación de un comercio rubro “Venta al por menor en minimercado, y servicio de almacenamiento y deposito”, sito en Boulevard Central y Ruta 192 , localidad de Parada Robles, cuya ubicación catastral es: Circunscripción IV, Sección Rural, Parcela 825, Partida Inmobiliaria N° 031-2253-5, partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTICULO N° 2: DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de abril de 2024.-

Registrado como Ordenanza N° 3042/24.-

Ordenanza Nº 3041-24 – Cambio Circulación calle Esteban Urcelay

Corresponde Expediente Nº 4036-1410/2024-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Establézcase a la calle Esteban Urcelay entre las calles Agustín Petrucelli y Almirante Irizar, como mano única de circulación; desde Almirante Irizar hacia Agustín Petrucelli, permitiéndose estacionar solo sobre el lado derecho.-

ARTÍCULO 2° Notificar a los vecinos frentistas del cambio de circulación de la mencionada arteria y proceder a la colocación de la cartelería correspondiente.-

ARTÍCULO 3° DE FORMA

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los nueve días del mes de abril de 2024.-

Registrado como Ordenanza N°3041/24.-