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Ordenanza N°2999-23 Eximir T.G. y Derechos municipales Signos Ecuestres

Correspondiente Expediente N°4036-1355/2023-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: EXIMASE el 100% del Pago de la Tasa de Servicios Generales y Derechos Municipales, a la Asociación Civil “Signo´s Ecuestres”, con domicilio comercial en Ruta Nacional Nº 8km 76, Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz. –

ARTÍCULO 2°: La eximición del pago de la Tasa de Servicios Generales y Derechos Municipales a que se refiere en el Artículo 1º, corresponde a la actividad que desarrolla la Asociación Civil Signo´s Ecuestres, que consiste en equinoterapia. –

ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal, reglamentara la forma de acceso al beneficio establecido por el Articulo Nº 1 de la presente Ordenanza. –

ARTÍCULO 4°: DE FORMA. –

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de setiembre de 2023.-

Registrada como Ordenanza Nº2999/23.-

Ordenanza N°2996-23 Escrituración Social a favor de Fava y Guerrero

Corresponde Expediente Nº 4036-1337/23-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1° DECLÁRESE de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V; Sección N; Manzana 68; Parcela 5a; Partida Inmobiliaria 031-29070 del partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente Nº2423-6174-2016, a nombre de FAVA JOSE LUIS, DNI 24.478.731 y
GUERRERO MARIA SOLEDAD, DNI 31.216.826.-

ARTICULO 2° REQUIÉRASE la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere el Artículo anterior. –

ARTICULO 3º COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo a sus efectos. –

ARTICULO 4º DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil veintitrés. –

Registrado como Ordenanza N° 2996/23.-

Ordenanza N°2995-23 Escrituración Social a favor de Zarate Susana

Corresponde Expediente Nº 4036-1336/23-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTICULO 1° DECLÁRESE de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V; Sección N; Manzana 78; Parcela 02; Partida Inmobiliaria 031-29118 del partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente Nº 4036-54649-2023, a nombre de la Sra. ZARATE SUSANA BEATRIZ, D.N.I. Nº13.561.510.-

ARTICULO 2° REQUIÉRASE la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere el Artículo anterior. –

ARTICULO 3º COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo a sus efectos. –

ARTICULO 4º DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil veintitrés. –

Registrado como Ordenanza N° 2995/23.-

Ordenanza N°2994-23 Permuta lotes Restivo

Correspondiente Expediente N°4036-1336/2023-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO Nº 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a permutar la reserva fiscal del Municipio ubicado en el Cuartel III, catastrado como Circunscripción III, Sección E, Quinta 15, Parcela 1, Partida para el Impuesto Inmobiliario (031) 21375, con una superficie de cuatro mil cuatrocientos ochentas y ocho metros cuadrados (4.488m2), por dos (2) parcelas, una ubicada en la localidad de Pavón con frente a la Ruta Provincial Nº39, Nomenclatura Catastral: Circunscripción III, Sección P, Manzana 13, Parcela 19, Partida para el Impuesto Inmobiliario (031) 4247, con una superficie de trescientos cuarenta y dos metros cuadrados (342m2) y otra ubicada en la localidad de Los Cardales con frente a la Ruta Provincial Nº 6, Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección R, Parcela 1830, Partida para el Impuesto Inmobiliario (031) 1015, con una superficie de doce mil trescientos noventa y un metros cuadrados (12.391m2).-

ARTÍCULO Nº 2: Las parcelas a permutar mencionada en el articulo 1º de la presente serán destinadas: la ubicada en la localidad de Pavón, al mantenimiento del pozo y tanque aéreo de agua corriente que abastece esa localidad; la ubicada en la localidad de Los Cardales a la instalación del Corralón Municipal de esa localidad. –

ARTÍCULO Nº 3: El Departamento Ejecutivo queda autorizado a suscribir toda la documentación inherente a la incorporación de los inmuebles al patrimonio Municipal, solicítese a tal efecto la intervención de la Escribanía General de la Provincia de Buenos Aires. –

ARTÍCULO Nº4: La presente Ordenanza autoriza, la permuta del Articulo 1º, por el plazo de 6 (seis) meses; transcurrido ese termino sin que el Señor Restivo perfeccione la permuta, la presente norma quedara sin efecto. –

ARTÍCULO Nº 5: DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de septiembre 2023.-


Registrada como Ordenanza Nº 2994/23.-


Resolución Nº 10-23-Concurso de Escritos Adolescentes y Exaltados EES Nº6 Carlos Lemeé

Expediente Administrativo Nº 4036-1354/23-HCD

VISTO:

El Proyecto del Concurso de Escritos, elaborado por la comunidad educativa, de la E.E.S. Nº6 “10 de Octubre” del Paraje Carlos Lemee, y

CONSIDERANDO:

Que, las actividades culturales, a través de la educación, nos garantiza el desarrollo de nuestros estudiantes en el Distrito;
Que, el incentivo de nuestros estudiantes a través de la escritura, les da un potencial cultural y enriquecimiento de cultura general;
Que, este Concurso de escritura de adolescentes y exaltados, les brindara un mayor conocimiento a través de la escritura, ampliando en ella todas las experiencias geográficas, culturales, históricas y humanas de nuestro Distrito;
Que, a través de la literatura o la lengua, nuestros estudiantes se acerquen a plasmar en palabras sus sentimientos;
Que, se declare de Interés Municipal, el Concurso de Escritos de adolescentes y exaltados del establecimiento educativo E.E.S. Nº6 de Carlos Lemee, con fecha de premiación el 14 de setiembre;
Que, este Concurso se haga extensivo a otros colegios del Distrito.

Por lo expuesto, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO Nº1: DECLARESE, de Interés Municipal, el proyecto educativo presentado por E.E.S. Nº6 “10 de Octubre”, ubicada en ruta Nº 6, km 176, Paraje Carlos Lemee, partido de Exaltación de la Cruz; sobre el Concurso de “Escritos de adolescentes y exaltados”, con fecha de premiación el 14 de setiembre del año en curso. –

ARTICULO Nº2: Notifíquese de la presente al establecimiento educativo mencionado en el Articulo Nº 1 y al Departamento Ejecutivo a los fines que corresponda.-

ARTICULO Nº3: Los Vistos y Considerandos forman parte de la presente Resolución.-

ARTICULO Nº4: DE FORMA. –

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de setiembre de 2023.-

Registrada como Resolución Nº10/23.-

Ordenanza N°2993-23 Condonación deuda derechos de construccion GALDOS y ARAUJO

Correspondiente Expediente N°4036-1318/2023-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° CONDONESE la deuda que registra en concepto de DERECHOS DE CONSTRUCCION los inmuebles numero de orden 10732/10718, partida para el impuesto inmobiliario Nº031-13106/9661, respectivamente, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción III, Sección M, Quinta 49, Parcela 15, a favor del Sr. ARAUJO ALEJANDRO JORGE.-

ARTÍCULO 2° AUTORIZASE a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) a realizar las bajas administrativas correspondientes.-

ARTICULO 3° DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintidós días del mes de agosto de 2023.-

Registrado como Ordenanza N°2993/23.-

Ordenanza N°2992-23- Excepción al Código de Zonificación a favor de COLMAN MARIA BELEM

Corresponde Expediente Nº4036-1343/2023-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° OTÓRGUESE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la EXCEPCION al Código de Zonificación, exclusivamente para el uso, por el término de un año (1 año) a la Sra. COLMAN MARIA BELEN; titular del D.N.I. N°94.427.353, para el rubro de “Gastronomía, servicio de Delivery” sito en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción III, Sección Q, Parcela 1, Manzana 89 Partida Inmobiliaria Nº031-24367, ubicado en calle Mitre esquina José Ingenieros, Barrio Parque Sakura, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTICULO 2º DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los ocho días del mes de agosto 2023.-

Registrada como Ordenanza Nº2992/23.-

Ordenanza N° 2991-23 Ratificar Convenio Barrios Populares RENABAP

Correspondiente Expediente N°4036-1332/23-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° RATIFIQUESE el CONVENIO ESPECIFICO PARA LA IMPLEMENTACION DE UN PROYECTO DE FINANCIACION DEL FONDO DE INTEGRACION SOCIO URBANA DE BARRIOS POPULARES RENABAP suscripto entre el COMITÉ EJECUTIVO DEL FIDEICOMISO FONDO DE INTEGRACION SOCIO-URBANA, representado en este acto por su Presidenta Ramona Fernanda MIÑO y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ, representada por el Sr. Intendente Municipal Lic. Diego Eduardo NANNI, para el desarrollo de Proyecto de Integración Socio Urbana en el Barrio “La Sidrera” de la localidad de Pavón.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los ocho días del mes de agosto de 2023.-

Registrado como Ordenanza N° 2991/23.-

Resolución Nº07-23- Conexión agua Bº Arroyo de la Cruz

Expediente Administrativo 4036-1340/23-HCD

VISTO:
Que el hecho de contar con agua potable es una necesidad básica de toda población; y

CONSIDERANDO:
Que, los vecinos del Bº Arroyo de la Cruz se encuentran cansados en base a las necesidades y la falta de respuesta ante tantos reclamos realizados y ellos consideran encontrarse en un estado de abandono, entendiendo que la provisión de agua es una de las principales necesidades para la salud pública, debido a que su uso es necesario para todo tipo de alimentación e higiene;
Que, el agua es un recurso natural del que depende el correcto funcionamiento de los ecosistemas, incluido el humano;
Que, la Ley Provincial Nº 14782/15 “Derecho al agua y saneamiento”, tiene por objeto principal reconocer al agua potable como un derecho humano esencial para la vida, calificándola como un derecho básico;
Que debe ser preocupación permanente del Municipio velar por la salud y las adecuadas condiciones de vida de la población, y la falta de agua potable atenta contra ello;
Que nuestro rol en el Concejo Deliberante es ser la caja de resonancia de los intereses de los exaltacrucenses; en este caso debemos garantizar la conexión de agua potable en el Bº Arroyo de la Cruz.

Por lo expuesto, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


RESOLUCION

ARTICULO Nº1: SOLICITESE, al Departamento Ejecutivo Municipal, gestionar soluciones, ante quien corresponda a fin de dar respuesta a los reclamos de los ciudadanos residentes en el Barrio Arroyo de la Cruz, de nuestro distrito; ante la falta de suministro de agua potable. –

ARTICULO Nº2: Los Vistos y Considerando forman parte integrante de la presente Resolución. –

ARTICULO Nº3: Comuníquese, Regístrese, cumplido, archívese. –

ARTICULO Nº4: DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los ocho días del mes de agosto 2023.-

Registrada como Resolución Nº 07/23.-

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Resolución Nº06-23- Traslado puesto policial

Expediente Administrativo 4036-1339/23-HCD

VISTO:
Las notas remitidas por vecinos residentes sobre Ruta Provincial Nº193, en relación a los hechos de inseguridad que los ha tenido como victimas en numerosas ocasiones, y

CONSIDERANDO:
Que, según lo denunciado por los vecinos, no existe patrullaje policial a lo largo de la ruta provincial Nº193, ni un puesto de vigilancia que denote presencia policial.
Que, el puesto policial (container) al estar ubicado en la intersección de calle Casco con la ruta provincial Nº193; deja desamparados a una gran cantidad de vecinos.
Que, los delitos han aumento considerablemente, ocasionando preocupación a los ciudadanos residentes en la zona; entre ellos a las 60 familias que habitan el Bº La Macarena, más unas 100 personas los fines de semana.
Que, la seguridad, además de un derecho fundamental consagrado en el Art. 10 de Nuestra Constitución Provincial, el cual reza que “Todos los habitantes de la provincia (…) tienen derecho perfecto de defender y ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad.
Que, para ello y de manera conjunta, debemos trabajar en la búsqueda permanente de herramientas que permitan prevenir todo hecho que pueda ocasionar un peligro, perturbación, infortunio, y/o delito y además sean pasibles de generar daños en su vida, en su persona y/o patrimonio.
Que, las circunstancias fácticas que estamos atravesando, genera en nuestros vecinos una sensación de miedo, intranquilidad y alerta permanente y debemos anticiparnos a estos problemas para dar solución a la problemática de inseguridad.
Que, a los fines de lo expuesto, y haciendo uso de las facultades que tenemos como concejales, siendo los representantes del pueblo, debemos garantizar los derechos constitucionales de los habitantes, garantizando la seguridad de nuestros vecinos, considerando que la problemática hoy es prioritaria.-
Por lo expuesto, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


RESOLUCION

ARTICULO Nº1: SOLICITESE, al Departamento Ejecutivo Municipal, gestionar ante las autoridades correspondientes, a los efectos que se disponga el traslado del puesto policial; actualmente ubicado en la intersección de calle Casco con Ruta provincial Nº193; al límite norte del partido de Exaltación de la Cruz; sobre la mencionada ruta y su intersección con el arroyo Morejón. –
ARTICUILO Nº2: Dispóngase de patrullaje cotidiano en la ruta Nº193 y aledaños y dotar de cámaras de vigilancia al puesto policial. –
ARTICULO Nº3: Los Vistos y Considerando forman parte de la presente Resolución. –
ARTICULO Nº4: DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los ocho días del mes de agosto 2023.-

Registrada como Resolución Nº 06/23.-