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Ordenanza Nº 062/92 – Presupuesto 1992

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Fíjase en la suma de pesos Cuatro millones ciento ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta ($4.184.840), el total de erogaciones del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el ejercicio 1992, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación Económica y por objeto del gasto se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

 Departamento Deliberativo   $       231.143.-
 Departamento Ejecutivo   $    3.953.697.-
 Total  $    4.184.840.-


Artículo 2º:
Estímase en la suma de Pesos Cuatro millones ciento ochenta y cuatro mil  ochocientos cuarenta ($4.184.840) el Cálculo de Recursos destinado a aten-der los gastos a que se refiere el Artículo 1º, de acuerdo con el detalle que fi-gura en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Or-denanza.

Artículo 3º:
Fíjase en doscientos tres (203) el número de cargos de personal, correspon-diente a Planta Permanente y  en cuarenta y siete (47) el número de cargos de la planta transitoria.
    Fíjase en doce mil (12000) jornales el crédito autorizado para este tipo de erogaciones.
    Fíjase en dos mil (2.000) guardias medicas y/o auxiliares de enfermería el crédito autorizado para este tipo de erogaciones.
    Establécese los siguientes valores:
          

JORNAL HASTA SEPTIEMBRE/92  $ 8.
 JORNAL DESDE OCTUBRE/92  $ 9.
 GUARDIA MEDICA  $ 200.
 AUXILIAR DE ENFERMERIA  $ 100.
 ASIST. SOCIAL S/ MOV. p/cons.  $   14.
  ASIST. SOCIAL C/ MOV. p/cons.  $   18.

              
Autorízase el pago de salarios a destajo a razón de hasta dos pesos con cincuenta ($2.50) bruto por unidad que se fije.
 
Artículo 4º:
Estímase el Balance y Resultado Financiero Preventivo para el Ejercicio 1992, de acuerdo al siguiente esquema y en función del detalle obrante en las Planillas Anexas que forman parte de la presente Ordenanza.
           
Recursos (Art. 2º)                  $  4.184.840.-
            Menos
            Erogaciones (Art. 1º)             $  4.184.840.-
            Resultado Preventivo Finan. $     ——-

            Recursos Corrientes               $  4.178.140.-
            Menos
            Erogaciones corrientes           $  3.975.420.-
            AHORRO                                 $     202.720.-

            Erogaciones de Capital            $     199.320.-
            Menos
            Recursos de Capital                 $          6.000.-
            Inversión                                   $       193.320.-

Artículo 5º: Apruébase el Nomenclador de Erogaciones y Recursos y Plan de Cuentas, que se incluye como Anexo de la presente Ordenanza.

Artículo 6º:
Apruébase la categorización y escala de sueldos que se incluyen como anexo de la presente Ordenanza.

Artículo 7º:
Apruébase el pago de horas extraordinarias hasta la categoría 17 inclusive. El Departamento Ejecutivo reglamentará el funcionamiento.

Artículo 8º:
Establécese el pago de bonificaciones a saber:
Bonificación por antigüedad: 3% del sueldo de la categoría por cada año de servicio en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, salvo que por los mismo se perciba beneficio similar por jubilación o retiro.
Bonificaciones especiales y/o premios: en las formas y condiciones que esta-blezca el Departamento Ejecutivo, y para aquellos casos de trabajo más allá del horario habitual, como asimismo en función de la eficiencia, rendimiento, dedicación exclusiva, y otros.

Artículo 9º:
A los efectos del cálculo de la indemnización que establece el Artículo 92 de la Ley Orgánica de Municipalidades, se considerará un régimen horario de 40 horas semanales para el sueldo mínimo administrativo.

Artículo 10º:
Establécese el pago de asignaciones familiares para el personal contratado y jornalizado, en las mismas condiciones que para el personal de la Planta Permanente.

Artículo 11º:
El Departamento Ejecutivo podrá realizar ampliaciones al cálculo de Recur-sos y al Presupuesto de Gastos, como asimismo podrá realizar transferencias de créditos entre las partidas del Presupuesto de Gastos, de acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo 12º:
Derógase toda otra norma legal que se oponga a la presente.

Artículo 13º:
De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  62/92

Ordenanza Nº 061/92 – Espacio Aereo Autorizando Ocupación a Luis Cesarini

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Sr. Luis Aurelio Cesarini, con L.E. Nº 4.411.088, a utilizar el espacio aéreo de la Localidad de Los Cardales, a efectos del tendido de la red exterior de un circuito cerrado de televisión por cable.
 
Artículo 2º:
La presente autorización se concede en los términos y condiciones estableci-dos por la Ordenanza Nº 23/91.

Artículo 3º:
De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  61/92

Ordenanza Nº 060/92 – Convenio Aprobación con el Gobernador Duhalde por subsidios

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase el convenio suscripto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Ricardo A. Bozzani, en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Gobernador Dr. Eduardo Alberto Duhalde, consistente en aportes financieros en forma de subsidios para la ampliación de la Escuela Nº 3 de la localidad de Carlos Lemee, la terminación de la Escuela Nº 6 de la localidad de Pavón, y la construcción de un pozo de bombeo en Capilla del Señor, conforme a los legajos técnicos incorporados al mismo.
 
Artículo 2º:
De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  60/92

Ordenanza Nº 059/92 – Convenio Aprobación con el MOSP

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase el convenio suscripto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Ricardo A. Bozzani, en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, representado por la Sra. Directora Provincial de Arquitectura, Arq. Elsa Nuñez, de ejecución de obras ACER- SALUD.
 
Artículo 2º:
De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  59/92

Ordenanza Nº 058/92 – Criaderos y Quinchos Estipulando Tasación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Estipúlase la tasación para criaderos de aves, de construcción estándar, en la suma de pesos veinte ($20) el metro cuadrado.

Artículo 2º: Estipúlase la tasación para quinchos, de construcción estándar, en la suma de Pesos cincuenta ($50) el metro cuadrado.

Artículo 3º:
Los presentes valores son a los efectos de cobrar los derechos de construcción.

Artículo 4º: De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  58/92

Ordenanza Nº 057/92 – Partidas Compensación Ejercicio 1991

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Compénsase las partidas que forman parte integrante del anexo I sobre el Presupuesto de Gastos del ejercicio 1991, por la suma de Australes Seiscien-tos setenta y cuatro millones ochocientos setenta y seis mil ciento cuarenta y cinco con treinta y tres ( A 674.876.145,33)
 
Artículo 2º:
Dicha compensación deberá realizarse contra la economía de las partidas del mismo: Finalidad 3, Item 1, Sección 1, Sector 1, inciso 2, Principal 14, Parc. 3, por la suma de Australes Quinientos setenta millones (A 570.000.000.-) y a la partida finalidad 1, Item 1, Sección 1, Sector 1, Inciso 3, Principal 3, por la suma de Australes Ciento cuatro millones ochocientos setenta y seis mil ciento cuarenta y cinco con treinta y tres ( A 104.876.145.33.) de acuerdo con lo establecido por el art. 67 de la Ley Orgánica Municipal.

Artículo 3º:
De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  57/92

Ordenanza Nº 056/92 – Ordenanza Impositiva Modificación Art. 27

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifícase el Art. 27 punto 1 inciso a de la Ordenanza Impositiva, sancionada por este Honorable Concejo Deliberante, junto con los Mayores Contribuyentes el día 27/11/92.
Donde dice: “ establécese un importe fijo bimestral de $5 por partida que debe tributar esta tasa, en concepto de mantenimiento de la red”
Deberá decir: “Establécese un importe fijo bimestral de $ 5 por partida que debe tributar esta tasa, para los contribuyentes que tengan servicios de agua y cloacas, en concepto de mantenimiento de red.
Establécese un importe fijo bimestral de $ 2.50 por partida que debe tributar ésta tasa, para los contribuyentes que tengan servicio de agua solamente, en concepto de mantenimiento de red.
 
Artículo 2º:
De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  56/92

Ordenanza Nº 055/92 – CEPRAL Autorizacion a ocupar Vía Pública

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase a C.E.P.R.A.L. Cooperativa Eléctrica y Tecnificación Agrope-cuaria Parada Robles – Arroyo de la Cruz limitada a ocupar la Vía Pública para la instalación de la red de distribución de gas, de acuerdo con los planos que como anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2º:
El Departamento Ejecutivo a través de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos verificará el cumplimiento de todas las normas legales vigentes.

Artículo 3º:
De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  55/92

Ordenanza Nº 054/92 – Pileta Municipal Autorizando conseción

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar la concesión de la Pileta Municipal, de acuerdo con la licitación Pública Nº 005/92, Exdte. Nº 4036-5957/92, en los términos y condiciones del contrato que como anexo I se adjunta y forma parte de la presente.
 
Artículo 2º:
De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  54/92

Ordenanza Nº 051/92 – Decreto 218 Ratificacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Decreto Nº 218 de fecha 19/10/92 del Departamento Ejecutivo.
 
Artículo 2º: De forma.   

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y dos.

Horacio A. Errazu
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  51/92