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Ordenanza Nº 008/92 – Tasas Estableciendo excención del 10%

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  En virtud y con la vigencia establecida en el Art. 40de la Ley Orgánica de Municipalidades, otorgase un exención parcial de un diez por ciento (10%) en las siguientes obligaciones tributarias: Alumbrado, Barrido y Conservación de la Vía Pública; Conservación de la Red Vial Municipal; y Servicios Sanitarios.

Artículo 2º:  La exención establecida en el Art. 1º sólo será procedente si la cuota inmediata anterior fuera abonada al primer vencimiento establecido, y además a ese momento no existieran saldos deudores por ese contribuyente y/o partida en el impuesto a eximir.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 08/92

Ordenanza Nº 007/92 – Ordenanza Tarifaria Suspencion Art. 2º

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: La suspensión de la aplicación del Art. 2º de la Ordenanza tarifaría vigente, esteblecida en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 12/90 y su ratificativa Nº 2/91, queda comprendida para la Tasa de alumbrado, limpieza y conservación de la vía pública; tasa de conservación, reparación y mejorado de la red vial Municipal y para servicios sanitarios.
 
Artículo 2º: El ajuste de todos los demás impuestos se deberá sujetar a la Ordenanza fiscal vigente desde el año 1987.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 07/92

Ordenanza Nº 006/92 – Modificando Art. 6 Ord. 28-91

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Modifícase el Art. 6º de la Ordenanza 28/91 que a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. El deberá decir “ El horario de funcionamiento de los locales que reglamentan la presente Ordenanza, quedará comprendido: de domingos a jueves de 8 hs. a 24 hs. y para los viernes y sábados se extenderá el horario hasta las 3 hs.

Artículo 2º:  Facúltase al D.E. a considerar las excepciones que considere necesarias al horario anteriormente citado las que deberán ser comunicados al H.C.D.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Enero de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 06/92

Ordenanza Nº 005/92 – Enajenacion Autorizando al DE enajenar Vehiculo Ford

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  En uso de las facultades establecidas en el 1º y 2º párrafo del Art. 55 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la enajenación del vehículo marca Ford F. 700-D motor Nº TJA- 100921V, chasis Nº KB6LML – 30268 dentro de los requisitos establecidos en los Art. 158 a 161 del citado texto legal.-

Artículo 2º:  El importe producido de esa enajenación deberá ser destinado a la adquisición y/o entrega del bien a cuenta de precio de: máquinas y/o automotores y/u otros útiles.
En todos los casos el Cuerpo Deliberativo previamente, procederá a autorizar y aprobar la totalidad de los bienes adquiridos en reemplazo.-

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Enero de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 05/92

Ordenanza Nº 004/92 – Ley 11184 Estableciedo adhesion de la Municipalidad

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Establécese la adhesión de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a lo establecido en el titulo II y a las disposiciones de los Artículos 35º, 36º, 37º y 40º de la Ley 11.184 promulgada con fecha 31 de diciembre de 1991.

Artículo 2º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Enero de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 04/92

Ordenanza Nº 003/92 – Espacio Aereo Autorizando ocupacion a Luis Cesarini

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Autorízase al Sr. Luis Aurelio Cesarini, L.E. Nº 4.411.088, a utilizar el espacio aéreo de la localidad de Capilla del Señor, a efectos del tendido de la red exterior de un circuito cerrado de televisión por cable.-

Artículo 2º:  La presente autorización se concede en los términos y condiciones establecidos por la Ordenanza Nº 23/91

Artículo 3º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Enero de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 03/92

Ordenanza Nº 002/92 – IOMA Facultando al DE a Suscribir Convenio

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Instituto de Obra Medico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (I.O.M.A.) el convenio canon que establece la Resolución Nº 0253 del citado Organismo, cuyo texto y Anexos se adjuntan.

Artículo 2º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Enero de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 02/92

Ordenanza Nº 001/92 – Modificando el Presupuesto de Gastos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Modifícase el Presupuesto de gastos vigentes en la suma de A NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL, en las partidas que se detallan en el Anexo I.

Artículo 2º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Enero de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 01/92

Ordenanza Nº 041/93 – Viviendas Adjudicación Procasa

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 11 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”d” al Sr. ENRIQUE ALGAÑARAZ D.N.I. Nº 11.376.386

Artículo 2º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 21 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”d” a la Sra. FERNANDA E. GARCIA D.N.I. Nº 12.844.499.

Artículo 3º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 22 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”d” a la Sra. MARTA ELENA OCAMPO D.N.I. Nº 4.422.723.

Artículo 4º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 19 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”b” al Sr. RAMON ALBERTO MENDOZA D.N.I. Nº 10.560.739.

Artículo 5º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 18 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”b” al Sr. MARCELO RUBEN CARBERY D.N.I. Nº 13.299.448.

Artículo 6º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 17 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”b” al Sr. CARLOS ANTONIO MAURE D.N.I. Nº 11.471.538.

Artículo 7º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 16 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”b” al Sr. JUAN CARLOS SERRANO D.N.I. Nº 4.470.831.

Artículo 8º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 15 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”b” al Sr. AURELIO RODRIGUEZ L.E. Nº 7.625.562.

Artículo 9º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 14 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”b” al Sr. LUIS ALBERTO ROMERO D.N.I. Nº 17.055.315.

Artículo 10º:  Adjudíquese una vivienda PROCASA III, construida sobre el lote Nº 13 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”b” al Sr. NESTOR BENITO GILES L.E. Nº 4.734.671.

Artículo 11º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.

Registrada Bajo el Nº 41/93

Ordenanza Nº 040/93 – Convenio Autorizando al DE a firmar con Algañaraz E.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Autorizase al Departamento ejecutivo a firmar convenio con el Sr. Algañaraz Enrique, por el cual cede gratuitamente un lote de terreno designado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 79, Parcela 11 a cambio de acceder directamente a una vivienda del Procasa III.

Artículo 2º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.

Registrada Bajo el Nº 40/93