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Ordenanza Nº 098/05 – Aut. D.E. a vender inm. a Sr. Miguel Sarasti

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase al D.E. a realizar la venta del bien inmueble propiedad de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, ubicado en la calle Hipolito Irigoyen de la Ciudad de Capilla del Señor, designado catastralmente como : Circunscripción I, Sección D, Quinta 5, Parcela 13c, Partida Inmobiliaria 031-27944-7 a favor del Sr. Miguel Sarasti, D.N.I. N° 13.561.854.–
 
Artículo 2°: Fijase como valor de venta del inmueble mencionado en el articulo 1° la suma de $ 20.400 libre de todo gasto, sellados y honorarios que implique el plano de mensura, división, anexión y todo otro gasto que demande la transferencia del dominio a favor del comprador.-

Artículo 3°: El precio de venta deberá ser depositado en la Tesorería Municipal, dentro de los 10 ( diez ) días de promulgada la Ordenanza.-

Articulo 4°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 098/2005.

Ordenanza Nº 097/05 – Decl. de I.M. Festival de Globos Aerostaticos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal al evento denominado “FESTIVAL DE GLOBOS AEROSTATICOS 2005 ”, a desarrollarse los días 26 y 27 de Noviembre en el Camping Municipal de Capilla del Señor.-

Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 097/2005.

Ordenanza Nº 096/05 – Ratificar el Decreto N° 260 mod. art. 16, cap. 18 d Ord. Imp.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Ratifíquese el Decreto Municipal N° 260, mediante el cual se incorpora como “ítem” del Articulo 16, Capitulo 8 de la Ordenanza Impositiva en siguiente: 54) Por verificación de construcciones $ 150.-

Artículo 2°: Exímase del pago del articulo anterior, cuando la parte interesada presente copia de los formularios A901, A903, A905 y Cédula Catastral, suscripto por profesional habilitado.-

Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese, dese al registro de decretos y archívese.- Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de
Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 096/2005.

Ordenanza Nº 095/05 – Decl. d I.S. la escrituracion Sr. Aquino

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: C.II, S. Q, Mza. 194, Parcela 21, Pda. Inm. 4265, Matricula 2225 del Partido de Exaltación de la Cruz, según el Expediente Administrativo N° 4036-18203/05, Sr. Aquino Daniel.-
 
Artículo 2°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el articulo anterior.-

Articulo 3°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 095/2005.

Ordenanza Nº 094/05 – Servicios Especializados de Transporte

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: A fin de dar un marco legal a los servicios de excursión, servicios contratados y servicios escolares, como complementarios o coincidentes de la Ley Orgánica de Transporte de Pasajeros, el Municipio de Exaltación de la Cruz se adhiere y adopta para su uso las disposiciones números 2164 / 97; 2375 / 97 y su anexo I, 1851 / 97; 1873 / 82; 214 / 98 con sus anexos I y II, las cuales se acompañan a la presente y corresponden a la Dirección Provincial
de Transporte de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 2°: Queda comprendidos en esta ordenanza los servicios denominados Charter.-

Artículo 3°: Facultase al Departamento Ejecutivo a la reglamentación pertinente, para realizar los cambios que fueren menester de acuerdo a las particularidades de cada uno de los servicios aquí contemplados y una vez realizado los remita al H.C.D. para su conocimiento y ratificación.-

Artículo 4°: De forma.- Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Noviembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 094/2005.

Ordenanza Nº 093/05 – Decl. d I.S. la escrituracion Sr. Bernardoni

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: C.II, S. J, Mza. 6, Parcela 7, 8, 9 Pda. Inm. 6147, 6148, 6149, Matriculas 8136, 8137, 8138 del Partido de Exaltación de la Cruz, según el expediente administrat. N° 4036-17527/05, Sr. Bernardoni Oscar Alberto.-
 
Artículo 2°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el articulo anterior.-

Articulo 3°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 093/2005.

Ordenanza Nº 092/05 – Eximision d tasa d Derechos d Construccion Fundacion CEDEMIL

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el pago de la Tasa de Derechos de Construcción a la “Fundación CEDEMIL” dicho predio se encuentra ubicado en Colectora de Ruta N° 6, designado catastralmente como: C.II, S. Rural, Parcelas 1852 y 1854, Pdas. 0313174-7 y 0313175-5, N° de Orden 8190, de la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz.-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Noviembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 092/2005.

Ordenanza Nº 032/97 – Direccion de Educacion Donando fraccion de tierra

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dónase a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires una Fracción de tierra designada catastralmente como: Circunscripción 2, Sección Rural, Parcela 120x, Partida 28273, con una superficie de 8.000 m2, según plano características 31-20-91.

Artículo 2º: La Fracción de tierra será destinada a la construcción de edificios escolares primarios y/o enseñanza inicial.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Setiembre de mil novecientos noventa y siete.

Registrada bajo el Nº : 32/97

Ordenanza Nº 031/97 – Expropiacion Creando partida para imputacion de gastos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a crear la Partida correspondiente para imputar el gasto por la Expropiación de los terrenos ubicados en la localidad de Los Cardales, destinados a la construcción de la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales, de acuerdo con la Ley Nº 11.641, Artículo 4º, como asimismo a realizar todos los actos administrativos que fueren necesarios para la consecución de los fines respectivos.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y siete.

Registrada bajo el Nº : 31/97

Ordenanza Nº 030/97 – Pavimentacion Ratificacion Convenio con el MOSP

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratifícase el Convenio Suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Señor Intendente Municipal, Cdor. Ricardo Angel Bozzani, y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Gobernador Dr. Eduardo A. Duhalde, y su Ministro de Obras y Servicios Públicos, Esc. Hugo David Toledo, para la construcción de cordón cuneta y carpeta asfáltica en la localidad de Capilla del Señor, en el marco del Plan Trienal, cuya copia forma parte de la presente.

Artículo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todos aquellos actos administrativos y/o técnicos tendientes a la concreción de lo establecido en este Convenio.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y siete.

Registrada bajo el Nº : 30/97