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Ordenanza Nº 052/02 – Modificando Ordenanza N° 44-2002 de Ahumarán María del Carmen

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Modifícase el Articulo 2° de la Ordenanza N° 44-2002, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Articulo 2°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal al comercio ubicado en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección “A”, Manzana 26, Parcela 24a, perteneciente a Ahumarán María del Carmen, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 20-2002.

Articulo 2°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Julio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 052/2002

Ordenanza Nº 051/02 – Ex. 100 % Tasa Serv. Grales. Seg. e Higiene y H. Municip. por Disc.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-13785/02; al inmueble designado Catastralmente como Circunscripción I, Sección “E”, Fracción 1, Parcela 7D, Partida Inmobiliaria N° 16871, Contribuyente N° 10572, Orden N° 26352, perteneciente a Milivinti Rosa Marta, (Milivinti Josefa Francisca).

Articulo 2°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de julio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 051/2002

Ordenanza Nº 050/02 – Eximisión 100 % Tasa Serv. Grales. Seg. e Higiene y H. Municip. por Disc.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-13701/02; al inmueble designado Catastralmente como Circunscripción II, Sección “Q”, Manzana 18, Parcela 5b, Partida Inmobiliaria N° 12513, Contribuyente N° 8030, Orden N° 7055, perteneciente a Monzón Eugenio.

Articulo 2°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal, al comercio ubicado en el inmueble a que hace referencia el Artículo 1° de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 20-2002.

Articulo 3°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de julio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 050/2002

Ordenanza Nº 049/02 – Ex. 100 % Tasa Serv. Grales. Seg. e Hig. y H. Municip. por Disc.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-13680/02; al inmueble designado Catastralmente como Circunscripción II, Sección “J”, Quinta 29a, Parcela 11, Partida Inmobiliaria N° 9851, Contribuyente N° 23822, Orden N° 5678, perteneciente a Bernal Paredes Héctor Pedro.

Articulo 2°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal, al comercio ubicado en el inmueble a que hace referencia el Artículo 1° de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 20-2002.

Articulo 3°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de julio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 049/2002

Ordenanza Nº 048/02 – Escrituración de un bien inmueble Cir.I Secc.A, Manzana 1, Parc.1e

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección A, Manzana 1, Parcela 1e, Partida Inmobiliaria 16.789, del partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-13743/02.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de julio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 048/2002

Ordenanza Nº 047/02 – Escrituración de un bien inmueble Cir.I Secc.A, Manzana 22, Parc.16

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección A, Manzana 22, Parcela 16, Partida Inmobiliaria 10.753, Matricula 10.831, del partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-13678/02.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de julio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 047/2002

Ordenanza Nº 046/02 – Escrituración de un bien inmueble Cir.I Secc.D, Quinta 5, Parc.12

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección D, Quinta 5, parcela 12, Partida Inmobiliaria 27.486, Matricula 14.318, del partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-13668/02.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de julio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 046/2002

Ordenanza Nº 045/02 – Modificando el Articulo 7° de la Ordenanza 31-02

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Ratifícase el Articulo 7° de la Ordenanza 31/02 el que quedará redactado de la siguiente forma:

Articulo 11° El monto resultante de aplicar lo establecido en el articulo 10°, podrá ser abonado en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a las que podrá aplicarse un interés mensual sobre saldos que fijará el Departamento Ejecutivo. En caso excepcionales, a pedido de los contribuyentes, se podrá otorgar una mayor cantidad de cuotas.

Artículo 2° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de julio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 045/2002

Ordenanza Nº 044/02 – Eximisión 100 % Tasa Serv. Grales. Seg. e Higiene y H. Municip. por Disc.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, en forma definitiva y permanente; de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-13562/02; al inmueble designado Catastralmente como Circunscripción I, Sección “A”, Manzana 33, Parcela 19a, Partida Inmobiliaria N° 1975, Contribuyente N° 1079, Orden N° 835, perteneciente a Inés Luisa Maiparsi de Ahumaran, (Toledano Ivana Luján).

Articulo 2°:
Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal, en forma definitiva y permanente, al comercio ubicado en el inmueble a que hace referencia el Artículo 1° de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 20-2002.

Articulo 3°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Junio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 044/2002

Ordenanza Nº 043/02 – Ref. a la modificación del articulo 4° de la Ordenanza 20-02

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: Modificase el Artículo 4° de la Ordenanza 20-02.

Artículo 2º: Agrégase dentro del Artículo mencionado precedentemente el PUNTO 8: el que quedará redactado de la siguiente forma:

8) Fotocopia del Título de Propiedad o Boleto de Compra Venta, o cualquier otra documentación referida a la titularidad del inmueble que se pretende eximir.

Articulo 3º: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 043/2002