Category Archive 2026

Ordenanza Nº 3155-26 Facilidades de pago

Corresponde al expediente N.º 4036-1620/2026 HCD. –

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º Objeto: Créase el Régimen Integral de Facilidades de Pago, Protección por Escala e Incentivo al Empleo aplicable a las tasas y derechos vinculados a habilitaciones comerciales, industriales y de servicios en el Partido de Exaltación de la Cruz.

ARTICULO 2º Régimen Integral de Facilidades: Los sujetos alcanzados por la presente accederán automáticamente a:
A) Un plazo de gracia de seis (6) meses desde el inicio efectivo de la actividad, durante la cual no se devengarán intereses, recargos ni sanciones vinculadas a la tasa de habilitación.
B) Finalizado el plazo de gracia, el saldo podrá abonarse en 3 (tres), 6 (seis), 9 (nueve) o 12 (doce) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin interés de financiación ni actualización por índice alguno.
C) La posibilidad de acceder a las reducciones y bonificaciones previstas en el Artículo 4º.
El acceso a este régimen será de pleno derecho con la sola solicitud del interesado.

ARTICULO 3º Escala de Clasificación y alcance: A los efectos de la presente ordenanza, los emprendimientos se clasificarán conforme los siguientes parámetros objetivos:
CATEGORIA A – Microemprendimientos
A) Hasta ochenta (80) metros cuadrados de superficie afectada a la actividad;
B) Hasta cinco (5) personas afectadas a la actividad, incluso el titular;
C) Actividades comerciales o de servicios sin procesos industriales, manipulación de sustancias peligrosas ni generación de efluentes especiales.
CATEGORIA B – Pequeños y Medianos Emprendimientos
A) Hasta trescientos (300) metros cuadrados de superficie;
B) Hasta quince (15) personas afectadas a la actividad;
C) Actividades comerciales, de servicios o productivas de baja escala que no impliquen impacto ambiental significativo;
CATEGORIA C – Emprendimientos de Mayor Escala
A) Superficie superior a trescientos (300) metros cuadrados;
B) Mas de quince (15) personas afectadas a la actividad.
Quedan expresamente excluidas del presente régimen a las actividades industriales clasificadas como de alto impacto ambiental conforme a la normativa provincial vigente, así como aquellas que requieran evaluación de impacto ambiental previa obligatoria.
La categorización operará automáticamente conforme los parámetros precedentes.

ARTICULO 4º Protección por Escala e Incentivo al Empleo
1– Los emprendimientos comprendidos en la Categoría A estarán exentos del pago de la tasa de habilitación.
2- Los emprendimientos comprendidos en la Categoría B tendrán una reducción automática del cincuenta por ciento (50%) del valor de la tasa de habilitación.
3- Los emprendimientos comprendidos en la Categoría C abonarán la tasa plena, sin perjuicio de los beneficios previstos en el inciso siguiente.
4- Los emprendimientos comprendidos en las categorías B y C podrán acceder, adicionalmente, a una bonificación del diez por ciento (10%) del valor total de la tasa por cada nuevo trabajador registrado formalmente durante el primer año de actividad, hasta un máximo del cien por ciento (100%) del monto total de la tasa.
5- La bonificación por empleo se consolidará únicamente si los puestos de trabajo se mantienen por un plazo mínimo de doce (12) meses consecutivos.
En caso de reducción del personal antes del plazo indicado, el beneficio se recalculará proporcionalmente, reactivándose la obligación de pago del monto correspondiente.

ARTICULO 5º Cancelación anticipada: El beneficiario podrá cancelar anticipadamente el saldo pendiente sin penalidad ni recargo alguno.

ARTICULO 6º Inclumplimiento y revisión:
A) La falta de pago de tres (3) cuotas consecutivas o alternadas producirá la caducidad del plan de facilidades, conforme el procedimiento administrativo vigente.
B) No obstante, antes de disponerse la suspensión, revocación o pérdida de la habilitación por causa exclusiva del incumplimiento del plan, el titular del establecimiento podrá solicitar la revisión de su situación.
C) En tales casos, el Departamento Ejecutivo podrá evaluar las circunstancias particulares del caso y disponer la readecuación del plan de pagos, otorgas nuevos plazos o establecer condiciones razonables de regularización.

ARTICULO 7º Transparencia: El Departamento Ejecutivo implementará un registro digital donde conste el otorgamiento de planes y beneficios previstos en la presente, garantizando acceso a la información sin afectar datos sensibles.

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de septiembre de 2026.-

Registrada como ordenanza N.º 3155/2026.-

 

Ordenanza Nº 3149-26 Otorga prorroga a favor de Juvenal Quispe

Corresponde al expediente N.º 4036-1679/2026 HCD. –

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º Otorgase la prórroga hasta el mes de diciembre de 2026, solicitada por el Sr. JUVENAL QUISPE CONDORI DNI Nº 95.145.096, para la recolección de frutillas y anexos, sembradas en el inmueble sito entre el camino vecinal “Cañada Romero”, la Ruta Provincial Nº 39 y la Avenida Republica Argentina de la localidad de Capilla del Señor del Partido de Exaltación de la Cruz. –

ARTÍCULO 2º Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. –

ARTÍCULO 3º De forma. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve dias del mes agosto de 2026.-

Registrada como ordenanza N.º 3149/2026.-

 

Ordenanza Nº 3148-26 Excepción al Código de Zonificacion a favor de Marcelo Karla

Corresponde al expediente N.º 4036-1679/2026 HCD. –

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º Otorgase a MARCELO FABIAN KARLA DNI Nº 22.740.285 la excepción al Código de Zonificación por el termino de dos (2) años, para la habilitación de comercio del rubro CORRALON DE MATERIALES, a desarrollar en el inmueble ubicado en el Cuartel IV del Partido de Exaltación de la Cruz, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción IV, Parcela 769/T, Partida Inmobiliaria Nº 031-10.006.-

ARTÍCULO 2º Comuníquese al área de Habilitaciones Municipal. –

ARTÍCULO 3º De forma. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve dias del mes agosto de 2026.-

Registrada como ordenanza N.º 3148/2026.-

 

Ordenanza Nº 3147-26 Cancelacion de hipoteca a favor de Palomeque Emilce

Corresponde al expediente N.º 4036-1669/2026 HCD. –

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar la escritura de cancelación de hipoteca del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 82A, Parcela 10, Partida Inmobiliaria 031-32195, del Plan Solidaridad II y Plan Federal Los Cardales;

ARTÍCULO 2º A los efectos de proceder a la escrituración del Inmueble Partida Nº 031-32195, dese intervención a María Rocio Gisela Lescano titular del Registro Numero Cinco del Partido de Exaltación de la Cruz a fin de realizar dicha tramitación. –

ARTÍCULO 3º DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve dias del mes agosto de 2026.-

Registrada como ordenanza N.º 3147/2026.-

Ordenanza Nº 3146-26 Escritura a favor de Acevedo Griselda

Corresponde al expediente N.º 4036-1668/2026 HCD. –

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º Declárese de interés social la escrituración del bien designado catastralmente como: Circunscripción III; Sección Q; Manzana 75; Parcela 17; Partida inmobiliaria: 031-25420, matrícula 031-4063 ubicada en Barrio Parque Sakura, Pdo. de Exaltación de la Cruz, según expediente 4036-68871-2026 a favor de la Sra. ACEVEDO GRISELDA DNI 21.891.527.-

ARTÍCULO 2º Requiérase a la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de otorgamiento de la Escritura Traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el artículo anterior. –

ARTÍCULO 3º DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve dias del mes agosto de 2026.-
Registrada como ordenanza N.º 3146/2026.-

 

Ordenanza Nº 3145-26 Escritura a favor de Miño Itati

Corresponde al expediente N.º 4036-1667/2026 HCD. –

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º Declárese de interés social la escrituración del bien designado catastralmente como: Circunscripción I; Sección B; Chacra 8; Manzana 8 V; Parcela 12; Partida inmobiliaria: 031-16486 del partido de Exaltación de la Cruz, según expediente 4036-68766-2026 a favor de la Sra. Miño Itati Margarita DNI 41.453.016.-

ARTÍCULO 2º Requiérase a la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de otorgamiento de la Escritura Traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el artículo anterior. –

ARTÍCULO 3º DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve dias del mes agosto de 2026.-

Registrada como ordenanza N.º 3145/2026.-

Ordenanza Nº 3144-26 Transferencia a favor de Di Filippo Sara

Corresponde al expediente N.º 4036-1666/2026 HCD. –

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza 020/15, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Transfiérase a título gratuito y Declárese de Interés Social el bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V; Sección N, Manzana 52; Parcela 10, Partida Inmobiliaria 031-27824 del partido de Exaltación de la Cruz, según expediente 4036/53274/2022 a nombre Di Filippo Sara Ester DNI: 23.998.023.-

ARTÍCULO 2º De forma. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve dias del mes agosto de 2026.-

Registrada como ordenanza N.º 3144/2026.-

Exaltación de la Cruz Exaltación de la Cruz

Ordenanza Nº 3143-26 Renuncia Intendente Municipal Lic. Diego Eduardo Nanni

Corresponde al expediente N.º 4036-1657/2026 HCD. –

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º ACEPTASE la RENUNCIA presentada por el Lic. Diego Eduardo Nanni, DNI Nº 25.731.685 al cargo de INTENDENTE MUNICIPAL de EXALTACION DE LA CRUZ, a partir del día 18 de agosto de 2026.-

ARTÍCULO 2º Agradézcase al Lic. DIEGO EDUARDO NANNI los servicios prestados durante su gestión al frente del distrito de EXALTACION DE LA CRUZ. –

ARTICULO 3º PONGASE en funciones al Lic. LUIS MARIANO MARTIN como INTENDENTE del MUNICIPIO DE EXALTACION DE LA CRUZ CON CARÁCTER DEFINITIVO a partir de la fecha del artículo 1º.-

ARTICULO 4º PONGASE en funciones a la Señora MARIA VIRGINIA PRANDI, al cargo de CONCEJAL con carácter definitivo en los términos del Art. 16, 17, 18, 87 y 88 de la Ley Orgánica de las Municipalidades a partir de la fecha del artículo 1º.-

ARTICULO 5º Notifíquese la presente Ordenanza a los Organismos Provinciales y Municipales competentes. –

ARTICULO 6º Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, regístrese y archívese. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve dias del mes agosto de 2026.-

Registrada como ordenanza N.º 3143/2026.-

Ordenanza Nº 3142-26 Excepción Pedro Olozaga

Corresponde al expediente N.º 4036-1659/2026 HCD.-

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º Otorgase PEDRO ANIBAL OLOZAGA DNI N.º 24.027.234 la excepción al Código de Zonificación por el termino de dos (2) años, para el desarrollo de la actividad deportiva como canchita de futbol, en el inmueble ubicado en Arroyo de la Cruz, Partido de Exaltación de la Cruz, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción 3, Sección G, Quinta 6, Parcela 5 Partida inmobiliaria N.º 031-03126.-

ARTÍCULO 2º Comuníquese al área de Habilitaciones Municipal. –

ARTICULO 3º De forma. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los siete dias del mes julio de 2026.-

Registrada como ordenanza N.º 3142/2026.-

Ordenanza Nº 3141-26 Excepcion Pedro Nicolas Zarate

Corresponde al expediente N.º 4036-1658/2026 HCD.-

El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º Otorgase a NICOLÁS PEDRO ZÁRATE, DNI N.º 33.401.911, la excepción al Código de Zonificación por el término de dos (2) años, para el desarrollo de un complejo deportivo destinado a la práctica de fútbol, pádel y actividad complementaria de buffet, a desarrollarse en el inmueble ubicado en Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción II, Parcela 1927, Partida Inmobiliaria N.º 031-03235.

ARTÍCULO 2º El complejo deportivo deberá contar con estacionamiento propio para beneficio de los asistentes. –

ARTICULO 3º Queda expresamente prohibida la ejecución de cualquier tipo de construcción, obra o instalación permanente, así como la ampliación, modificación o refacción de las edificaciones existentes que implique un incremento de la superficie cubierta o semicubierta, la consolidación de infraestructura o cualquier alteración de las condiciones edilicias del inmueble. –

ARTÍCULO 4º Regístrese, comuníquese al área de Habilitaciones Municipal y Archívese. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, a los siete dias del mes julio de 2026.-

Registrada como ordenanza Nº 3141/2026.-