El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires un lote de terreno ubicado en la intersección de las calles Belgrano y Maipú de la localidad de Los Cardales, partido de Exaltación de la Cruz, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: II, sección rural, parcela designada de acuerdo a la división de la 1900 de cuyo plano de origen es el N° 31-16-84 y cuyas medidas serán 17,5 m. sobre calle Belgrano y 35 m. sobre calle Maipú.
Artículo 2º: El lote de terreno mencionado en el artículo 1° será destinado a la cons-trucción de un anexo de la Escuela de Educación Diferenciada N° 501.
Artículo 3º: Los gastos que demande la escritura traslativa de dominio quedará a cargo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, designado de común acuer-do con la Dirección General de Escuelas, al Notario que la ejecute.
Artículo 4°: Comuníquese al D. E.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintiocho días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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