El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Se determina como sentido de circulación de la calle Belgrano entre Sosa y Rivadavia de Capilla del Señor, de sud-oeste a norte, agregando a su actual recorrido el tramo aludido.
Artículo 2º: Se prolonga el sentido de circulación de la calle Rivadavia desde Belgrano hasta Bolívar, continuando la actual dirección.
Artículo 3º: Determinase como obligatorio sentido de circulación sud-oeste a nord-este a la calle Moreno en su tramo 25 de Mayo- Belgrano.
Artículo 4°: Se determina como sentido de circulación único de nord-este a sud-oeste, al tramo de la calle Casco, de Belgrano a 25 de Mayo.
Artículo 5°: Determinase el único sentido de circulación sud-oeste a nord-este al tramo de la calle Estrada desde 25 de Mayo hasta Belgrano.
Artículo 6°: Determinase como sentido único de circulación sud- este a nord- oeste al tramo de la calle L.N. Alem desde Irigoyen a 25 de Mayo.
Artículo 7°: Se determina con sentido único de circulación al tramo de la calle Padre Fahy entre 25 de mayo e Irigoyen de nord- oeste a sud- oeste.
Artículo 8: Comuníquese al D. E.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintiocho días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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