Category Archive Ordenanzas

Ordenanza Nº 008/10 – Ref. Modificación Ordenaza Nº 12-85 donación a la DCE

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENAZA

Artículo 1°: Modifícase el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 12/85, el cual quedará redactado de la siguiente forma: desígnase a la Escribanía General del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de realizar la escritura traslativa de dominio a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Mayo de dos mil Diez.    

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 008/10.

Ordenanza Nº 007/10 – Ref. Convenio de comodato del Registro de las Personas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENAZA

Artículo 1°:  Ratificase el convenio celebrado entre el Departamento Ejecutivo y el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual la Municipalidad de Exaltación de la Cruz cede en comodato por el término de diez años, el inmueble ubicado en la ciudad de Capilla del Señor catastrado como Circunscripción I, Sección A, Manzana 23, Parcela 15h, destinado al funcionamiento de la Delegación de la Dirección Provincial del Registro de las Personas.

Artículo 2°:   De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Mayo de dos mil Diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 007/10.

Ordenanza Nº 006/10 – Ref. a la Creación Comisión Bicentenario

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENAZA

Artículo 1°: Crease la Comisión de festejos del “Bicentenario de la Patria”.

Artículo 2°: La misma estará integrada por:
Presidente: Sr. Intendente Municipal
Vicepresidente: Pte. Honorable Concejo Deliberante
2 Representantes de cada Bloque de este H.C.D.
2 Representantes del Departamento Ejecutivo

Artículo 3°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Abril de dos mil diez.    

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 006/10.

Ordenanza Nº 005/10 – Ref. Declaración Cabalgata del Bicentenario

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárese de Interés Municipal a la “Cabalgata por el Bicentenario” organizada por jinetes del Partido de Exaltación de la Cruz que unirá la Ciudad de Venado Tuerto Provincia de Santa Fe con la Ciudad de Capilla del Señor Provincia de Bue-nos Aires el cual se realizara el día 25 de Mayo de 2010.                                       

Articulo 2° De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Abril de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 005/10

Ordenanza Nº 032/92 – Inst. Estrada Librando Pago de Tasas Municipales

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Libérase al Instituto José Manuel Estrada de Capilla del Señor, del pago de todas las tasas y servicios facturados por este Municipio, hasta el 31/12/92 de acuerdo al Art. 40 de la Ley 10.100.
 
Artículo 2º:  Quedan comprendidas en esta Ordenanza, todos los inmuebles que directa o indirectamente presten servicios a los objetivos educacionales, propiedades del Instituto (José Manuel Estrada), adquiridos a la fecha, y los que en el futuro adquiera en igual condición de servicios.

Artículo 3º: Se deja expresa constancia que esta excepción de realiza sobre inmuebles pertenecientes a la comunidad societaría de Exaltación de la Cruz, adquiridos para el funcionamiento educacional (Instituto José M. Estrada), de enseñanza gratuita cuya administración es ejercida por una Asociación Cooperadora, en forma brillante, desde hace más de medio siglo, que cumple dentro de la relación existente, los objetivos de la misma.

Artículo 4º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Julio de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 32/92

Ordenanza Nº 031/92 – Ordenanza 11-88 Ratificacion Art. 1

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Rectifícase del Art. 1º de la Ordenanza registrada bajo el Nº 11/88, la designación catastral del lote de terreno donado a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, siendo la correcta: Circunscripción II – Sección F – Manzana 137 – Parcela 2, según plano característica 31-31-86, el mismo esta destinado a la construcción del Jardín de Infantes del Barrio Esperanza.-
 
Artículo 2º: De forma.-
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, al primer día del mes de Junio de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 31/92

Ordenanza Nº 030/92 – Utilidad Pública Declaración extension red de agua

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de utilidad pública, la obra de extensión de aguas corrientes, en el Barrio Alto Norte de la Localidad de Capilla del Señor, tramitada según Expte. Nº 4036- 1743/87 Alc. 1/91, dejando constancia que la misma se efectuará bajo los lineamientos de la Ordenanza Municipal Nº 023/92, cumplimentando los puntos b) y c) del Art. 3º y los puntos a), b), c) y f) del Art. 4º de la misma.
 
Artículo 2º: La obra será ejecutada de acuerdo al Art. 11º y a la sección 4 de la Ordenanza Municipal Nº 023/92, haciendo constar que el reintegro del costo total de la obra será a cargo de los beneficiarios y el prorrateo del mismo será de acuerdo al punto 2 del Art. Nº 37º de la mencionada Ordenanza.

Artículo 3º: Forma parte de la presente Ordenanza el Anexo 1, en el cual figura el prorrateo de los costos de la presente obra.

Artículo 4º: Establécese que la superficie máxima a computar a los efectos del prorrateo no será mayor a 3.000 m2.

Artículo 5º: Establécese la siguiente forma de pago en concepto de los trabajos necesarios a efectos de la ejecución de la obra:
Se efectuarán tres (3) pagos mensuales, iguales y consecutivos, pudiendo estos comenzar a efectuarse aún antes de haber finalizado los trabajos pertinentes o de brindar efectivamente el servicio mencionado en el Art. 1º de la presente.
Para aquellos casos en que el pago supere los $ 500, se podrá conceder cuatro (4) pagos mensuales, iguales y consecutivos.

Artículo 6º: Independientemente de las erogaciones mencionadas en el Art. Anterior el beneficiario deberá abonar la correspondiente conexión domiciliaria, según lo establece el Art. 43º de la Ordenanza Tarifaria vigente.

Artículo 7º: Cúmplase, regístrese y archívese.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Julio de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 30/92

Ordenanza Nº 029/92 – Ordenanza 12-90 Deregando suspencion aplicacion Art. 2º

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Derógase la suspensión de la aplicación de Art. 2º de la Ordenanza Tarifaria Vigente, establecida en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 12/90 y su ratificativa Nº 2/91.
 
Artículo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a ajustar las tasas en los términos establecidos por la Ordenanza Tarifaria Vigente, hasta el 31 de marzo de 1991. A partir de esa fecha se deberá ajustar a los términos de la Ley de Convertibilidad. En caso de considerar lo conveniente el Departamento Ejecutivo podrá efectuar los ajustes en forma paulatina.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo deberá informar al H.C.D. antes de ponerlo en vigencia.

Artículo 4º: Establécese que todos los valores en la Ordenanza Tarifaria vigente no incluyen impuestos nacionales y/o provinciales.
Por lo tanto en caso de gravarse con algún impuesto los servicios que presta el municipio, el mismo deberá agregarse a los valores vigentes.

Artículo 5º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Julio de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 29/92

Ordenanza Nº 028/92 – Espacio Aereo Autorizacion a Tele Delta

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase a la Empresa TELE DELTA S.A. domiciliada en Moreno Nº 166 de la Localidad de Zárate, a utilizar el espacio aéreo de la localidad de Capilla del Señor, a efectos del tendido de la red exterior de un circuito cerrado de televisión por cable.
 
Artículo 2º: La presente autorización se concede en los términos y condiciones establecidas por la Ordenanza Nº 23/91.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Julio de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 28/92

Ordenanza Nº 027/92 – Modificación Ordenanza 17-89

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Agrégase en el Art. 1º de la Ordenanza registrada bajo el Nº 17/89, Decreto Nº 944, los terrenos designados catastralmente: Circunscripción I, Sección D, Quinta 5, Parcelas 1a,1b,1d,1e,1f,1g,13b,13c,20 a 29 y 31 a 37, todos del plano aprobado Nº 31-44-87, inscripción de dominio 128/70 Decreto Provincial Nº 4460 del 7/11/89, cuya copia es parte de la presente.
 
Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Junio de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 27/92