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Ordenanza Nº 2506/18 – Ordenanza Creación de boxes de estacionamiento para personas con discapacidad motriz

 Corresponde Expediente Nº 4036-507/18-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Ordénese al Departamento Ejecutivo a demarcar y señalizar el estacionamiento sobre mano habilitada por norma de tránsito para personas con discapacidad motriz en las direcciones que se detallan a continuación.
A)- Banco de la Nación Argentina sito en calle Esteban Urcelay de Capilla del Señor a la menor distancia del acceso al mismo.
B)- Banco Provincia de Buenos Aires sobre calle Mateo S. Casco de Capilla del Señor a la menor distancia del acceso al mismo.
C)- Registro del Automotor sito en las calles Moreno y Belgrano de Capilla del Señor a la menor distancia del acceso al mismo.
D)- Banco Provincia de Buenos Aires de la localidad de los Cardales frente al acceso al mismo.-
    
ARTÍCULO 2°    DE LOS BOXES DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
Autorícese el estacionamiento libre y gratuito en los boxes reservados a personas con discapacidad establecidos en el Partido de Exaltación de la Cruz, únicamente a quienes posean discapacidad motriz. A sus efectos, deberán exhibir el permiso que acredite su condición.-
    
ARTÍCULO 3°    La Dirección de Tránsito realizará las tareas de demarcación del box conforme a las medidas reglamentarias y la instalación del cartel identificatorio.-
    
ARTÍCULO 4°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de agosto de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2506/18.-    

Ordenanza Nº 2505/18 – Ordenanza Eximición del pago de la tasa de servicios generales y sanitarios a ex combatientes de malvinas

 Corresponde Expediente Nº 4036-497/18-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Exímase de la tasa de Servicios Generales y Servicios Sanitarios (agua cloacas) a aquellos Ex Combatientes de Malvinas que posean constancia, certificado o comprobante que avalen su condición, domiciliados en el Partido de Exaltación de la Cruz con permanencia en el distrito mayor a 10 años.-
    
ARTÍCULO 2°    La exención de la tasa de Servicios Generales y Servicios Sanitarios (agua, cloacas) procederá únicamente por el que destinen a vivienda permanente sin límite de valuación fiscal.-
    
ARTÍCULO 3°    De Forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de agosto de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2505/18.-    

Ordenanza Nº 2504/18 – Ordenanza Adjudicación de Terreno a favor del Sr. Alejandro Pereyra

 Corresponde Expediente Nº 4036-512/18-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Adjudíquese en forma onerosa a Alejandro Pereyra D.N.I 12.155.281, el terreno designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 54a, Parcela 3, según Expediente Administrativo N° 2423-2620/15.-
    
ARTÍCULO 2°    El monto de la venta se fija en la suma de pesos ciento veinticinco mil ($125.000.-), de acuerdo al boleto pro-forma de venta, confeccionado por la Dirección de Urbanizaciones Sociales.-
    
ARTÍCULO 3°    Declárese de interés social la escrituración del bien inmueble a que se refiere el artículo 1° de la presente.-
    
ARTÍCULO 4°    Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, a que se refiere el Artículo 1° de la presente.-
    
ARTÍCULO 5°    Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2504/18.-    

Ordenanza Nº 2503/18 – Ordenanza Aceptación de transferencia de dominio a favor de la Municipalidad dispuesta por Resolución 205-2018


 Corresponde Expediente Nº 4036-510/18-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Aceptase la transferencia de dominio a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, dispuesta por Resolución 205/2018 de Recursos Inmobiliarios Fiscales del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Quinta 6, Parcela 1a, con destino al funcionamiento de la Planta de Servicios Sanitarios Municipales y sus obras civiles, en el estado que se encuentran.-
    
ARTÍCULO 2°    Requiérase la intervención de la escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para proceder a la inscripción dominial en el Registro de la Propiedad Inmueble.-
    
ARTÍCULO 3°    Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2503/18.-    

Ordenanza Nº 2502/18 – Ordenanza Aceptación de transferencia de dominio a favor de la Municipalidad dispuesta por Resolución 206-2018


 Corresponde Expediente Nº 4036-509/18-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Aceptase la transferencia de dominio a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, dispuesta por Resolución 206/2018 de Recursos Inmobiliarios Fiscales del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Chacra 6, Fracción I, Parcela 27a, con destino al funcionamiento de Oficinas de Servicios Municipales y en el estado que se encuentran.-
    
ARTÍCULO 2°    Requiérase la intervención de la escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para proceder a la inscripción dominial en el Registro de la Propiedad Inmueble.-
    
ARTÍCULO 3°    Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2502/18.-    

Ordenanza Nº 2501/18 – Ordenanza Condonación de la deuda por la Tasa de Seguridad e Higiene a favor de Monitor Artística S.A.


 Corresponde Expediente Nº 4036-504/18-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Autorizase al Departamento Ejecutivo a la condonación de la deuda por la Tasa de Seguridad e Higiene de los Legajos N° 2 y 3, desde la cuota 6° del año 2017 hasta la cuota 3° del ejercicio 2018, a favor del contribuyente Monitor Artística S.A., según Expediente Administrativo N° 4036-41347-0-2018.-
    
ARTÍCULO 2°    Otorgase al contribuyente Monitor Artística S.A., con carácter excepcional y durante el ejercicio 2018, la exención de la Tasa de Seguridad e Higiene respecto de los Legajos N° 2 y 3.-
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2501/18.-    

Ordenanza Nº 2500/18 – Ordenanza Condonación de la deuda de patente propiedad de la Sra. Carlota Diana Castagnino


 Corresponde Expediente Nº 4036-508/18-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Autorizase al Departamento Ejecutivo a la condonación de la deuda de Patente dominio N° DXX373, marca Nissan Pick up propiedad de la Señora Carlota Diana GARCIA CASTAGNINO DNI N° 4.881.593 desde la cuota 1 del año 2015 y hasta la cuota 5 del año 2017 inclusive, según Expediente Administrativo N° 4036-41340-2018.-
    
ARTÍCULO 2°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2500/18.-    

Ordenanza Nº 2499/18 – Ordenanza Condonación de la deuda por la Tasa de Seguridad e Higiene a favor del contribuyente Farbenlac S.A.


 Corresponde Expediente Nº 4036-506/18-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Autorizase al Departamento Ejecutivo a la condonación de la deuda por la Tasa de Seguridad e Higiene del Legajo N° 1303, desde la cuota 1° hasta la cuota 3° del ejercicio 2018, a favor del contribuyente Farbenlac S.A., según Expediente Administrativo N° 4036-41129-0-2018.-
    
ARTÍCULO 2°    De forma.-
   
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2499/18.-    

Ordenanza Nº 2498/18 – Ordenanza Declaración de Emergencia Comercial


 Corresponde Expediente Nº 4036-498/18-HCD

VISTO

La emergencia tarifaria dictada por este cuerpo mediante Art. 1° de la Resolución 1/18 y la importancia de la actividad comercial en nuestro distrito, junto a las dificultades que está atravesando este sector actualmente.

Y CONSIDERANDO
 
Que el presidente Mauricio Macri vetó la Ley de Emergencia Tarifaria sancionada por el Congreso Nacional.

Que el aumento exorbitante de las tarifas de luz, gas y agua impacta negativamente sobre la economía de los ciudadanos de nuestro distrito, siendo la actividad comercial de pequeños, medianos y grandes comercios un porcentaje importante de la economía de Exaltación de la Cruz.

Que los comercios del distrito representan una gran parte de la oferta laboral Exaltacrucense.  

Que se ha registrado a nivel nacional y provincial una preocupante merma en el consumo, afectando así el mercado interno debido a las sucesivas devaluaciones, aumento de productos básicos y al deterioro de los salarios.

Que el Gobierno Nacional no controla adecuadamente las variables del Dólar ni el proceso inflacionario, lo cual genera incertidumbre tanto a comerciantes como a consumidores.

Que el Poder Ejecutivo Municipal tiene la potestad, los medios y la obligación de gestionar ante otros organismos convenios que permitan sortear situaciones de emergencia en el distrito.
 

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Declárese la Emergencia Comercial en todo el Partido de Exaltación de la Cruz desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 31 de Diciembre de 2018, cierre del ejercicio.-
    
ARTÍCULO 2°    Establézcase que la Dirección de Producción deberá expedir un certificado, a solicitud del interesado, estableciendo que se encuentra en la condición de Emergencia Comercial, será condición para acceder al certificado presentar los últimos seis pagos del Monotributo y no poseer deuda de Tasas Municipales del ejercicio 2017. La autoridad de aplicación determinara las formalidades y requisitos para la emisión del certificado anteriormente mencionado.-
    
ARTÍCULO 3°    El certificado de Declaración de Emergencia Comercial podrá ser utilizado con el fin de gestionar los siguientes beneficios, que quedarán supeditados a la aprobación de cada organismo o entidad bancaria.
a)    Línea de crédito a tasa diferenciada para créditos futuros o vigentes ante las entidades crediticias o financieras.
b)    Exención desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el cierre del ejercicio 2018, del 50% del valor de la Tasa de Seguridad e Higiene actual.
c)    Diferimientos del pago de la factura a partir de moratorias especiales sin interés, del Servicio de Electricidad por parte de la Cooperativa Eléctrica Cepral y la distribuidora EDEN S.A, de Exaltación de la Cruz, garantizando que no se realizaran suspensiones del servicio mientras se cumpla, en tiempo y forma, con el pago de la moratoria solicitada y de las facturas subsiguientes.-

ARTÍCULO 4°    Ínstese al Departamento Ejecutivo Municipal desde sus diferentes áreas, a promover acciones que fomenten el compre local, a través de campañas publicitarias en redes sociales, medios de comunicación locales y/o vía pública. Que desarrolle eventos o iniciativas múltiples con el fin de apoyar a los comerciantes locales y buscar una mejora de sus ventas.-
    
ARTÍCULO 5°    Los vistos y considerandos forman parte de la presente Ordenanza.-
    
ARTÍCULO 6°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2498/18.-    

Ordenanza Nº 2497/18 – Ordenanza Licencia del Sr. Intendente Municipal

 Corresponde Expediente Nº 4036-528/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Otorgase licencia al Señor Intendente Municipal, Don Adrián Daniel Sánchez, titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el término de diez (10) días, a partir del día 13 de agosto de 2018.-
    
ARTÍCULO 2°    Póngase en funciones a la señora concejal Doctora María Luz Bozzani, DNI  N° 28.287.476, a partir del día 13 de agosto de 2018, como Intendente Municipal Interina, mientras dure la licencia del Señor Intendente Municipal.-
    
ARTÍCULO 3°    Habilítese en reemplazo de la Concejal que se hace referencia en el Artículo precedente, al Señor Concejal Suplente Licenciado Martín Miguel Anselmo Faure, titular del DNI N° 24.795.440, de acuerdo a lo establecido en los artículos 16, 19 segunda parte, 87, 88 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, por el mismo plazo y condiciones que el estipulado en los artículos 1° y 2° de la presente.-
    
ARTÍCULO 4°    En el supuesto caso de que el Señor Intendente Adrián Sánchez, reasuma sus funciones, antes del plazo establecido en el artículo 1°, deberá comunicar oficialmente al Honorable Concejo Deliberante tal circunstancia.-
    
ARTÍCULO 5°    Notifíquese a los Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales competentes la presente Ordenanza.-
    
ARTÍCULO 6°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2497/18.-