Category Archive Ordenanzas

Ordenanza Nº 002/15 – Ref. a Ordenanza Preparatoria Impositiva

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA PREPARATORIA IMPOSITIVA

Artículo 1º: Incorpórese el Capítulo V al texto de la Ordenanza Impositiva N°76 el que quedará redactado de la siguiente manera:

CAPITULO V
DERECHOS DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA


Artículo 20º:
Los derechos por publicidad y propaganda a que se refiere la Ordenanza Fiscal, se abonarán de acuerdo con lo establecido en este artículo y siguientes del presente capitulo:

CARTELES POR AÑO Y/O FRACCION Y POR METRO CUADRADO Y/O FRACCION.


FRONTAL:  
Simple $          56.00
Iluminado $          63.00
Animado $        140.00
Luminoso $          84.00
SALIENTE:  
Simple por faz $          56.00
Iluminado por faz $          84.00
Animado por faz $        168.00
Luminoso por faz $        105.00
SOBRE MEDIANERA:  
Simple $          70.00
Iluminado $          70.00

Luminoso

$          84.00
Animado $        140.00
SOBRE AZOTEA:  
Simple $          70.00
Iluminado $          98.00
Luminoso $        105.00
Animado $        126.00

SOBRE COLUMNA SIMPLE

  Hasta 40 mts.2 De 41 a 100 mts.2 Más de 100 mts.2
Simple $                      105.00 $                        63.00 $                   56.00
Iluminado $                      140.00 $                        67.20 $                   58.80
Luminoso $                      154.00 $                      105.00 $                   74.20
Animado $                      182.00 $                      147.00 $                 114.80

SOBRE COLUMNA TELESCOPICA

  Hasta 40 mts.2 De 41 a 100 mts.2 Más de 100 mts.2
Simple $                      231.00 $                      168.00 $                 126.00
Iluminado $                      280.00 $                      182.00 $                 140.00
Luminoso $                      350.00 $                      231.00 $                 182.00
Animado $                      350.00 $                      231.00 $                 182.00

LETREROS OCASIONALES

Por anuncio simple frontal por mes por mt.2 $   28.00
Por anuncio simple saliente por mes por mt.2 $   35.00
Bandera de Remate por día $   14.00
Gallardetes de remate hasta 1000 por día $ 119.00

OTRAS PUBLICIDADES

Volantes por millar o fracción y afiches y/o muestras de hasta 0.32×0.55 $     112.00
Volantes por millar o fracción de hasta 0.74×1.10 $ 245.00
Volantes por millar o fracción de tamaños mayores $ 392.00
Si fueran emitidos sin visado municipal se deberá abonar un mínimo de 10.000 volantes 
Por exhibición de afiches en lugares destinados para tal fin, por cada uno  
Y por mt.2 o  fracción por el término de 7 días $     0.56
Por la propaganda ambulante a realizarse en la vía pública utilizando indumentarias simbólicas, leyendas o inscripciones por día y por persona  $   56.00
Publicidad colocada en distintos medios de transporte público o privado  
Por cada aviso:  
Exteriores por año y por vehículo $ 574.00
Interiores por año y por vehículo $ 266.00

Artículo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a ordenar el texto de la Ordenanza Impositiva Nº 76/14, en función del Capítulo V,  Artículo 20º,  incorporado por el Artículo 1º de la presente.

Artículo 3º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar todo lo referente a los artículos de la presente Ordenanza.

Artículo 4º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los ocho días del mes de Enero de dos mil quince.  

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 002/15.

Ordenanza Nº 001/15 – Ref. a Ordenanza Preparatoria Fiscal

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA PREPARATORIA FISCAL

Artículo 1º: Incorpórese el art. 84 al texto de la Ordenanza Fiscal N°75 el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 84º: En los inmuebles sujetos al régimen de Propiedad Horizontal (Ley N° 13.512), la Tasa por Servicios Generales será abonada por cada uno de los propietarios en base a un mínimo de 10 (diez) metros de frente, cuando la facturación se realice tomando como base a los mismos. Lo mismo ocurrirá en el caso de varias construcciones en un solo terreno. Se computarán cada una de ellas, para abonar una Tasa calculada sobre un mínimo de diez (10) metros de frente. En los casos de subdivisiones de tierras efectuadas bajo este régimen, cada propietario abonará de acuerdo con los metros de frente que tengan sus inmuebles, o en su caso en base a la valuación fiscal. El Departamento Ejecutivo reglamentará todos los aspectos no previstos en referencia a las situaciones previstas en este artículo.

Artículo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a ordenar el texto de la Ordenanza Fiscal Nº 75, en función del artículo incorporado por el Artículo 1º de la presente.

Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar todo lo referente a los artículos de la presente Ordenanza.

Artículo 4º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los ocho días del mes de Enero de dos mil quince.  

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 001/15.

Ordenanza Nº 085/14 – Ref. a DEROGAR ORDENANZA 70

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Artículo 1º:
Derógase la Ordenanza 70/14 de fecha 25 de Noviembre de 2014.

Artículo 2º: De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Diciembre de dos mil catorce.  

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 085/14.

Ordenanza Nº 084/14 – Ref. a Excepción a la Zonificación a EFAFUL S.R.L

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°:
Otorgase, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al código de Zonificación por el termino de un cuatro años a la empresa EFAFUL S.R.L para la Habilitación de una “Sala Velatoria” en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción I, Sección B, Manzana 40, Parcela 2c, de la localidad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz.

Articulo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Diciembre de dos mil catorce. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 084/14.

Ordenanza Nº 083/14 – Ref. a Excepción a la Zonificación a Super Comercial S.A

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°:
Otorgase, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al código de Zonificación por el ter-mino de un año a Super Comercial S.A. para la Habilitación de un “Deposito tipo I” en la siguiente ubicación catastral: Circ. I, Sección A, Manzana 9, Parcela 9, de la localidad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz.

Articulo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Diciembre de dos mil catorce. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 083/14.

Ordenanza Nº 082/14 – Ref. a Ratificación contrato con Pedro Aguilar

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°:
Ratificase el contrato de Locación inmobiliario celebrado entre el Municipio de Exaltación de la Cruz y el Sr. Ro-berto Pedro Aguilar respecto del bien designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 14, Parcela 15a, Partida para impuesto Inmobiliario Nº 1730, ubicada en la calle Urcelay Nº 825 entre las calles Padre Fahy y Carlos Pellegrini en la ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz.

Articulo 2°:
De Forma.
                                
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Diciembre de dos mil catorce.

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 082/14.

Ordenanza Nº 081/14 – Ref. a Ratificación contrato con Di Modica

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°:
Ratificase el contrato de Locación celebrado entre el Municipio de Exaltación de la Cruz y el Sr. Pablo Ma-ximiliano Di Modica respecto del bien designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 24, Parcela 26, Partida para impuesto Inmobiliario Nº 1747, ubicada en la calle Alem Nº 477 entre Hipólito Irigoyen y Urcelay en la ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz.

Articulo 2°: De Forma.
                                
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Diciembre de dos mil catorce.

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 081/14.

Ordenanza Nº 080/14 – Ref. a Licencia del Sr. Intendente

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Artículo 1º:
Otorgase Licencia anual por vacaciones al Señor Intendente Municipal del Partido de Exaltación de la Cruz, Dn. Adrián Daniel Sánchez, desde el 5 de Enero de 2015 hasta el 23 de Enero de 2015, de acuerdo a lo establecido por el por el artículo 15 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias).

Articulo 2º: Póngase en Funciones al Sr. Leonardo Ramón Staniscia (D.N.I. Nº 22.163.419 a partir del día 5 de Enero de 2015, como Intendente Interino mientras dure la Licencia del Sr. Intendente Municipal Dn. Adrián Daniel Sánchez.

Artículo 3º: Habilitase en reemplazo del Concejal Leonardo Ramón Staniscia la incorporación en el cargo de Concejal del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, al Sr. Eduardo Vicente Belfiglio (D.N.I. Nº 6.563.059) de acuerdo a lo establecido por el articulo 16, 19 segunda parte, 87 y 88 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por el mismo plazo y condiciones que el estipulado en el articulo anterior.

Artículo 4º:
En el supuesto caso que Dn. Adrián Daniel Sánchez reasuma las funciones de Intendente Municipal de Exaltación de la Cruz, antes del plazo establecido en el Articulo primero, deberá comunicar oficialmente a este Cuerpo tal circunstancia.

Artículo 5º:
Notifíquese a los Organismos Provinciales y Municipales competentes de la presente Ordenanza a los efectos que estimen corresponder.

Articulo 6º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Diciembre de dos mil catorce.

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 080/14.

Ordenanza Nº 079/14 – Ref. a Ratificar Convenio de Comando de Prevención Comunitaria

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°:
Ratificase el “Convenio Marco de Cooperación para la implementación, mantenimiento y supervisión del siste-ma de Comando de Prevención Comunitaria (CPC)”, suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

Articulo 2°:
De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Diciembre de dos mil catorce.  

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 079/14.

Ordenanza Nº 078/14 – Ref. a Presupuesto 2015

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Artículo 1º:
Fijase en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREIN-TA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA ( $ 230.549.550.-) el total de erogaciones del PRESU-PUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMI-NISTRACION MUNICIPAL, para el Ejercicio 2015, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indi-can a continuación, y cuya clasificación por categoría programática, por objeto del gasto, por finalidad y fun-ción, por fuente de financiamiento y por su naturaleza económica de acuerdo a lo establecido por el artículo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980, se detallan en las plani-llas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:

1110200000     HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE    $        1.702.152.33.-     
1110100000    DEPARTAMENTO EJECUTIVO            $      228.847.397.67.-
        TOTAL                        $      230.549.550.00.-

Artículo 2º: Estímase en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA ($ 230.549.550.-) el CALCULO DE RECURSOS, desti-nado a atender los gastos a que se refiere el Artículo 1º, cuya clasificación por rubro, carácter económico y por su procedencia de acuerdo a lo establecido por el artícu-lo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980 se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la pre-sente Ordenanza
   
Artículo 3º:
Establécese la ESTRUCTURA PROGRAMATICA confeccionada de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 2980, que se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 4º: Apruébase una planta de personal de 847 agentes, in-cluyendo 13 Concejales. Dicha planta comprende el per-sonal de planta permanente y temporario. Facúltase al departamento Ejecutivo a realizar  cambios de categorías y/o escalafón del personal municipal, como asimismo a pasar a Planta Permanente al personal de Planta Transitoria. El Departamento Ejecutivo podrá crear jefaturas de área, hasta el cargo de Director Gene-ral.   
Establécense 6 Secretarías a saber:

Secretaría  de Coordinación General y Planificación
Secretaría de Gobierno
Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Espacios Públicos
Secretaría de Salud y Calidad de Vida
Secretaría de Seguridad
Secretaría de Economía, Administración e Ingresos Públicos

Establécese 1 Subsecretaría a saber:

Director Ejecutivo Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz

Establécense 22 Direcciones a saber: Dirección de Desarrollo Social
Dirección de Cultura y Educación
Dirección de Turismo
Dirección de Deportes
Dirección de Producción y Medio Ambiente
Dirección de Control de Gestión
Dirección de Bromatología
Dirección de Recursos y Fiscalización
Dirección de Administración de Base de Datos
Dirección de Recursos Humanos
Dirección Médica Hospital San José
Dirección Administrativa de Servicios de Salud
Dirección de Atención Primaria
Dirección de Catastro Dirección de Zoonosis
Dirección de Servicios Públicos
Dirección de Defensa Civil
Dirección  de Control Urbano
Dirección de Presupuestos
Dirección de Gobierno
Dirección de la Juventud
Dirección de Tierras

Establécense los siguientes cargos:

Contador Municipal
Tesorero Municipal
Juez de Faltas Municipal
Jefe de Compras
Jefe de Mesa de Entradas y Boletín Oficial
Jefe Area de Registros
Asesor Legal
Defensor del Pueblo
Delegado Municipal de  Los Cardales
Delegado Municipal de Parada Robles
Delegado Municipal de  Pavón
Encargado Técnico Sala 1º Auxilios de Los Cardales
Encargado Técnico Sala 1º Auxilios Parada Robles
Delegado Municipal de  Diego Gaynor
Sub- Contador Municipal
Establécese una Secretaría  del Honorable Concejo Deliberante

Establécese los siguientes valores máximos, para los concep-tos que se detallan a continuación:

JORNAL DE 6 HS   hasta $    162.-
JORNAL DE 7 HS   hasta $    189.-
JORNAL DE 8 HS   hasta   $ 216.-
JORNAL DE 9 HS   hasta $    243.-
GUARDIAS MEDICAS (Lunes a Viernes) hasta $ 4.000.-
GUARDIAS MEDICAS (Fin de semana) hasta $ 5.000.-
GUARDIAS MEDICAS U.T.I. (Lunes a Viernes) hasta   $ 5.000.-
GUARDIAS MEDICAS U.T.I. (Fin de semana) hasta   $   6.000.-
GUARDIAS DE ENFERMERÍA (Lunes a Domingo) hasta   $   1.800.-
BONIFICACION POR GUARDIA MÉDICA hasta $   4.000.- 
CANTIDAD DE JORNALES $ 18.500

Artículo 5º: Autorízase el pago de una bonificación por presentismo  hasta la Categoría  de la Escala Salarial que determine el Departamento Ejecutivo para todo el personal de planta permanente y contratado, hasta un monto máximo de mil pesos ( $ 1.000.-).

Artículo 6º:
Autorízase el pago de Bonificaciones Remunerativas no bonificables para todo el personal de Planta permanente  y/o contratada, y/o para las áreas municipales que esta-blezca el Departamento Ejecutivo. Estas bonificaciones podrán ser:

Remunerativa por escalafón municipal: Una suma fija de hasta mil pesos ($ 1.000.-) la que podrá variar de acuerdo con la escala salarial de que se trate (categorías 5 a 22).
El personal que desempeñe cargos a partir de Director General percibirá una bonificación de hasta el 80% so-bre el sueldo básico de la categoría que corresponda (ca-tegorías 23 a 27). El Departamento Ejecutivo reglamen-tará la aplicación de la presente bonificación.

Complementaria del sueldo básico: Dos por ciento (2%) sobre el sueldo básico.

Por mayor función: Una suma fija de hasta tres mil pe-sos ($ 3.000.-) o un porcentaje sobre el sueldo básico de hasta el cincuenta por ciento (50%) para todo aquel per-sonal de planta permanente y/o contratada circunstan-cialmente desempeñe tareas de reemplazo a personal je-rárquico de mayor función a la establecida en su escala-fón o tareas adicionales a las establecidas. El departa-mento ejecutivo reglamentará la aplicación de la presen-te bonificación.  

Especial: Una suma fija de hasta tres mil pesos ($ 3.000.-) o un porcentaje sobre el sueldo básico de hasta el 50%  para el personal que desempeñe  tareas especia-les o adicionales a  las establecidas según su escalafón. El departamento ejecutivo reglamentara la aplicación de la presente bonificación. 

Autorícese al departamento ejecutivo a la creación de bonificaciones no contempladas en la presente ordenan-za, para todo el personal de planta permanente y/o con-tratada.

Artículo 7º: Autorizase a disponer el pago de bonificaciones sectoria-les y/o por categorías a requerimiento de los responsa-bles de los distintos sectores de acuerdo a lo que esta-blezca el Departamento Ejecutivo.

Artículo 8º:
Garantícese a todo el personal municipal un salario neto (remuneración bruta menos aportes de ley) equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil proporcional al régimen horario de los trabajadores municipales. El Departamen-to Ejecutivo establecerá la fecha de vigencia de la pre-sente garantía salarial.  

Artículo 9°:
El Departamento Ejecutivo podrá establecer la forma  y oportunidad del pago de las distintas asignaciones como así también disponer en caso de  creerlo oportuno el pa-go de las mismas por sectores de acuerdo a lo que esta-blezcan los distintos responsables de área.

Artículo 10°:
Ratificase los pagos realizados durante el Ejercicio 2014 en concepto de Bonificaciones por mayor función, retri-butiva especial y por capacitación.

Artículo 11º: Autorízase al Departamento Ejecutivo  a reglamentar  la forma de aplicación de los valores de la Escala Salarial que se autoriza en la presente Ordenanza, como asimis-mo a modificar la Escala Salarial en lo que respecta a clasificación de tareas y apertura de categorías.

Artículo 12°:
Establécese el pago de bonificaciones por título terciario o universitario, para el personal Municipal que lo acre-dite, con exclusión del personal que realiza guardias mé-dicas y los cargos electivos, de acuerdo a la siguiente es-cala: Título terciario: Hasta trescientos pesos ($ 300)
Título universitario: Hasta seiscientos pesos ($ 600)

Artículo 13º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar la Boni-ficación por Antigüedad al Intendente Municipal.

Artículo 14º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar cam-bios de categoría al personal de planta como asimismo a realizar las adecuaciones de partidas presupuestarias que los mismos requieran.

Artículo 15º: El personal de Planta Mensualizada Contratada gozará de los mismos beneficios que el Personal de Planta Per-manente.

Artículo 16º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar en el área que crea necesaria, de acuerdo al índole de la ac-tividad jornada prolongada de hasta 9 horas por turno.

Artículo 17º:
Ratificase los Contratos celebrados por el Departamento Ejecutivo durante el Ejercicio 2014 cuyo vencimiento se produzca en el Ejercicio 2015 y/o subsiguientes y los pagos efectuados por guardias médicas y/o enfermería, y/o jornales que excedieran los valores autorizados por las ordenanzas pertinentes.

Artículo 18º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la emisión de cheques de pago diferido con vencimiento hasta la fecha de finalización de mandato por un monto que no supere los $ 5.000.000.

Artículo 19º: Estímase la Cuenta de Ahorro, Inversión y Financia-miento para el Ejercicio 2015 de acuerdo a lo establecido por el Decreto 2980  según planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:

INGRESOS CORRIENTES $ 230.429.050,00.- Menos:
GASTOS CORRIENTES $ (205.249.782,48.-)
AHORRO CORRIENTE $ 25.179.267,52.-

RECURSOS DE CAPITAL $ 120.500,00.-    Menos:
GASTOS DE CAPITAL $   (16.981.513,51.-)

$   (16.861.013,51.-)

RESULTADO FINANCIERO $ 8.318.254,01.-  
FUENTE FINANCIERA $ 0

APLICACIONES FINANCIERAS $    8.318.254,01.- 

Artículo 20º: Apruébase la escala salarial que se incluye como Anexo a la Presente Ordenanza.

Artículo 21º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Diciembre de dos mil catorce.  

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 078/14.