Ordenanza Nº 015/91 – Tasas Municipales Considerando Pago en termino

Ordenanza Nº 015/91 – Tasas Municipales Considerando Pago en termino

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Serán considerados como pagados en término los pagos de la segunda y tercera cuota de las distintas tasas Municipales, efectuados hasta el 5 de Agosto de 1991.
   
Artículo 2º:
Los importes que se hubiesen percibido hasta la fecha en concepto de intereses y recargos, por las cuotas segunda y tercera del año 1991, serán acreditados a los Señores Contribuyentes en la liquidación de la cuarta cuota.

Artículo 3º:
De forma.-
   
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los primer día del mes de Julio de  mil novecientos noventa y uno.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  015/91

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