El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase a la Cooperativa de Servicios Eléctricos y otros Servicios Públicos Los Cardales Ltda. (C.O.P.E.S.E.L.) a ocupar la vía pública de la localidad de Los Cardales para la instalación de la red de distribución de gas, sujeto a la obtención por parte de la misma de la concesión de Gas del Estado Previo a la ocupación efectiva la Cooperativa de Servicios Eléctricos y otros Servicios Públicos Los Cardales Ltda. (C.O.P.E.S.E.L.), elevará al Departa-mento Ejecutivo planos con indicación precisa del lugar de la instalación de los caños, solicitando autorización para la iniciación de los trabajos.
El Departamento ejecutivo por intermedio de la Secretaria de Obras Públicas, verificará el cumplimiento de todas las normas vigentes sobre ocupación de espacios públicos y llevará el registro catastral de la ocupación, debiendo informar trimestralmente a la Secretaria de Hacienda a efectos de la liquidación de los tributos especificos.
El Departamento Ejecutivo no autorizara nuevas ocupaciones cuando la Co-operativa de Servicios Eléctricos y otros Servicios Públicos Los Cardales (C.O.P.E.S.E.L.) no cumpla con sus obligaciones tributarias.
Artículo 2º: Derógase la Ordenanza Nº 01/87.-
Artículo 3º: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y uno.
Marciano Robles
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Juan Eduardo Lazzaro
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