El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Apruébase el listado de adjudicatarios del Plan de Viviendas Pro- Casa I, que se ejecuta en la localidad de Los Cardales, partido de Exaltación de la Cruz y que forma parte de la presente como Anexo I.
Artículo 2º: La aprobación indicada en el artículo 1º se efectúa a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el convenio celebrado entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Exaltación de la Cruz con fecha 10-06-88 y aprobado por este Honorable Concejo Deliberante bajo Ordenanza Nº 7/88.-
Artículo 3º: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Febrero mil novecientos ochenta y nueve.
Marciano Robles
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Juan Eduardo Lazzaro
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