El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:   
ORDENANZA
 Artículo 1º: Declárese  de utilidad pública y sujeta a expropiación la parcela cuya  Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I, Sección D, Quinta 4, lote  13, Ma-tricula Nº  , ubicada en la calle E. Urcelay entre C. Pellegrini y  Alte. Irizar de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz.-
 
Artículo 2º: la  parcela mencionada en el Art. 1º tendrá como destino la ejecución del  Pabellón Geriátrico, como servicio integrado al Hospital Municipal San  José de Capilla del Señor.-
 
Artículo 3º: Las medidas y  dimensiones, asi como la ubicación relativa se indican en el Certificado  de Amojonamiento que se adjunta a la presente como Anexo I, y de este  surgirá el plano de mensura definitivo que ejecutará el D.E .-
Artículo 4º: Los  gastos que demande la presente expropiación serán imputados a la  parti-da que deberá aprobar el Honorable Concejo Deliberante.-
 
Artículo 5º:  Dése expresa intervención a la Dirección de Geodesia y Departamentos  co-rrespondientes y a la Dirección de Informática del Ministerio de  Gobierno.-
Artículo 6º: Comuníquese al D.E.
Dado en  la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de  la Cruz, a los veinticuatro días del mes de Junio de mil novecientos  ochenta y siete. 
 
| Miguel Angel JossefPresidente
 Honorable Concejo Deliberante
 Exaltación de la         Cruz
 | Oscar Alberto PontiSecretario
 Honorable Concejo Deliberante
 Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el Nº  009/87