El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y sujetas a expropiación las parcelas cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción 1, Sección A, Manzana 44, Parcela 1ª, 1b, 1c, 1d, 1e, 1f, 1g, 1h, y 1k de Capilla del Señor Partido de Exaltación de la Cruz.-
Artículo 2º: Autorízase al D.E. a destinar la parcela “A” indicada en el plano que forma parte de la presente como Anexo I, a la ampliación del Cementerio de Capilla del Señor.
Artículo 3º: Las dimensiones y superficies definitivas surgirán del plano de mensura que deberá confeccionarse a efectos de regularizar la situación catastral y dominial del mencionado cementerio.
Artículo 4º: Los gastos que demande la operación mencionada en el Art. 1º serán imputados a la partida creada al efecto designada como Sección 2, Sector 5, Inci-so 2, Partida Principal 53.
Artículo 5º: La construcción mencionada en el Art. 1º deberá respetar las formas arquitectónicas existentes y será solventada por las partidas ordinarias previstas.
Artículo 6º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y siete.
Miguel Angel Jossef
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Oscar Alberto Ponti
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