Ordenanza Nº 005/86 – Donacion de los Sres. Lopez parcela 1278

Ordenanza Nº 005/86 – Donacion de los Sres. Lopez parcela 1278

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Acéptase la donación de los señores Alberto Antonio López y Enrique Carlos López de una fracción de terreno de 10173 m2 ubicados por parte de la parcela de Nomenclatura catastral: Circunscripción V, Sección Rural, parcela 1278 identificadas como manzanas 1, parcela 1 a 20, 5 parcelas 1 a 20 y 10 parcelas 1 a 9 y 11 a 17; calles 7 y 5 e/ calle 10 y calle 12 con sus corre s pondientes ochavas de acuerdo al plano que forma parte de la presente como Anexo I.-
 
Artículo 2º:
Destíanase la fracción indicada en el Art. 1º a la ejecución de un fraccionamiento con cesión de calles transversales para la construcción de 55 (cincuenta y cinco) viviendas ubicadas en parcelas según el Anexo I.-

Artículo 3º: Exímase al donante de los derechos de visación Municipal por la ejecución de los planos de mensura y división de la totalidad de la parcela 1278.-
 
Artículo 4º:
Acéptase la cesión de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 8912 de una fracción de 4532 m2 destinadas a área verde de uso público (Plaza) y la cesión de la parcela 10 de la manzana 10 con una superficie de 1292 m2 destinada a reserva fiscal.-

Artículo 5º: Autorízase al D.E. a realizar las obras de parquización e iluminación de la plaza mencionada en el Art. 4º imputándose los gastos que demande su ejecución a las partidas correspondientes según el presupuesto de gastos para el año en curso.-

 Artículo 6º: Autorízase al D.E. a realizar la apertura, entoscado y alcantarillado , provisión de energía eléctrica y alumbrado público, de las calles identificadas como Nº 12 desde Nº 1  a Nº 9, Nº 7 desde Nº 2 hasta Nº 12; Nº 3 desde Nº 10 a Nº 12, Nº 3 desde Nº 6 a Nº 8; Nº 5 desde Nº 6 a Nº 12, Nº 6 desde Nº 3 a Nº 5, Nº 8 desde Nº 3 a Nº 5 y Nº 10 desde Nº 3 a Nº 9, imputando los gastos que su ejecución demande a las partidas correspondientes según el presupuesto para el año en curso.-
 
Artículo 7º:
Exímase del pago de Tasas contributivas de servicios públicos al fraccionamiento del Anexo I hasta la finalización de las obras de infraestructuras fijadas en el art. 2º, inc. E) de la Ordenanza de Zonificación especial Nº II.-

Artículo 8º: Los gastos que demanden las tareas que a continuación se detallan quedan a cargo del donante.-

a) Confección y aprobación del plano de mensura y división.-
b) Amanzanamiento del loteo con excepción de las manzanas donadas.-
c) Provisión de la infraestructura urbana determinada en el art. 2º Inciso e) de la Ordenanza de Zonificación Especial Nº II.-
d) Provisión del alambrado frentista con el remanente de su propiedad.-
e) Apertura, entoscado y alcantarillado de la calle Nº 3 e/ 8 y 10.-

Artículo 9º: Comuníquese al D.E.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Abril de mil novecientos ochenta y seis.


Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  005/86

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