El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al D.E. a transferir a título oneroso la fracción de terreno de propiedad Municipal, identificada catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Quinta 5, Inscripción de dominio Nº 128 Año 1970 a al empresa o Entidad que resulte seleccionada por dicho Departamento para la construcción de veinticinco unidades de viviendas conforme a la circular Nº 44/85 de la Subsecretaria de Asuntos Municipales.-
Artículo 2º: Autorízase al D.E. a suscribir el respectivo convenio en los términos de que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza.-
Artículo 3º: Autorízase al D.E. a incluir las cláusulas adicionales que se acuerden entre las partes para la mejor determinación de sus derechos y obligaciones, asi como también realizar todos los actos y gestiones necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.-
Artículo 4º: Los ingresos que provengan de las transferencias previstas en el art. 1º serán imputados a la partida Venta de Activo Fijo, Sección I, Sector 3.-
Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y seis.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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