El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires los predios cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I, Sección A, Manzana 28, Parcelas 23 (veintitrés), 24 (veinticuatro) y 25 (veinticinco), donde actualmente funcionan la Escuela Nº 1, el Concejo Escolar y el Centro de Investigaciones Educacionales, en Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, y cuyas dimensiones figuran en el plano que forma parte de la presente como Anexo I.-
Artículo 2º: Autorízase al D.E. a formalizar la suscripción de la respectiva escritura traslativa de dominio por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 3º: Derógase toda otra Ordenanza que se oponga a la presente.
Artículo 4º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y seis.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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