El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires las siguientes fracciones de terreno: Circunscripción I, Sección A, Manzana 23, Parcela 15g y Circunscripción I, Sección A, Manzana 23, parte de la parcela 15f cuyas dimensiones y superficies aproximadas figuran en el plano de características 31-34-85 (Anexo I) y plano de proyecto de división (Anexo II).-
Artículo 2º: Las dimensiones y superficies definitivas surgirán del plano de división que tendrá como antecedente inmediato el de características 31-34-85 que forma parte de la presente como Anexo I.-
Artículo 3º: Se donan las parcelas mencionadas en el Art. 1º a los efectos de afectarlas a los siguientes usos: a) Parcela 15g: área verde de recreación, b) Parcela 15f/1 área verde de recreación y c) Parcela 15f/2 construcción salón de actos y sectores de apoyo y servicios.
Artículo 4º: Los gastos que demande la ejecución del plano mencionado en el Art. 2º serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.-
Artículo 5º: Autorízase al D.E. a suscribir la respectiva escritura traslativa de dominio co intervención de los organismos Provinciales competentes, quedando a cargo del Municipio los gastos de Derechos de oficina, timbrados y sellados de Ley.-
Artículo 6º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y seis.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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