El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase a la Dirección General de Escuelas de la Pcia. de Bs. As. Un lote de terreno designado catastralmente como Circ. III, Sec. P, manzana 9, Parcela 1, Partido de Exaltación de la Cruz, localidad de Pavón.
Artículo 2º: Las dimensiones y superficie definitivas surgirán del plano de Mensura que quedara a cargo de la Municipalidad de Ex. de la Cruz.
Artículo 3º: Destínase el predio mencionado en el Art. 1º a la ejecución de la obra Jardín de Infantes de Pavón.
Artículo 4º: La Escritura traslativa de dominio quedará a cargo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y será realizada por ante Notario designado al efecto.
Artículo 5º: Comuníquese al D.E.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y cinco.
Marciano Robles
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Oscar Alberto Ponti
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